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Reforma de pensiones: autónomos a partir de 42 años, los grandes perjudicados

Director financiero

Tal y como nos comentó Mister Empresa hace unos días, desde el pasado viernes, ya conocemos el texto de consenso que reformará las pensiones de jubilación. En todo este texto, hay un colectivo que se perjudica realmente, que es el colectivo de autónomos que tenga más de 42 años, siendo especialmente perjudicado aquellos autónomos que tienen entre 50 y 56 años.

El colectivo de autónomos parte con la hipotética ventaja de que puede escoger su base de cotización durante cada año que se encuentra cotizando en autónomos y que es práctiva muy usual del colectivo, aumentar la base de cotización a partir de los 50 años. La reforma que se pone en marcha penaliza fuertemente eta práctica dado que a efectos prácticos, el aumento de años a incluir para el cálculo de la base reguladora, provoca que se tengan que incluir bases de cotización no previstas en este cálculo por los autónomos.

Situación actual de la pension de autónomos

A día de hoy, más del 80% de autónomos menores de 50 años cotizan en autónomos por la base mínima. Esta base mínima se mantene hasta la horquilla comprendida entre los 47-49 años y a partir de ahí, se adapta la base de cotización a los límites que impone la Seguridad Social para evitar abusos de subidas a la base máxima. Este límite para este año es por ejemplo de unos 1.682,70 euros a partir de los 49 años si el autónomo no ha cotizado anteriormente por una base de cotización superior a esta cuantía.

Este mismo autónomos se jubilará a los 65 años considerando sus cotizaciones desde los 50 años, es decir los últimos 15 años por lo que tendrá opciones para ajustar sus bases, sus contribuciones a la Seguridad Social y el importe global de pensión que recibirá.

La reforma de pensiones: ampliación de años de cálculo

A efectos prácticos, la reforma de las pensiones planteadas aumenta en 10 años, los años a considerar para calcular la base reguladora y aumenta hasta los 67 años la edad general de jubilación. Es decir, todos los autónomos que tengan actualmente más de 42 años, incluirán dentro de su base reguladora de cálculo de la pensión años que ya han pasado dado que el aumento del periodo de cálculo de los años que se integran para calcular la base reguladora entra en vigor en el 2013.
Cualquier autónomo que tenga más de 42 años verá cómo la reforma de las pensiones le rompe íntegramente la planificación de la pensión que él haya podido llevar a cabo. Si ha optado por cotizar con base baja hasta los 50 años, verá cómo se le considerarán todas estas bases mínimas y no tendrá ningún mecanismo para corregir dicho efecto.

Ejemplo numérico sobre el impacto de la reforma en autónomos

Supongamos un autónomo con 48 años de edad, 20 años cotizados en el RETA que cotiza actualmente por la base mínima y que tiene intención de situar la base máxima a partir de los 50 años. Este autónomo podrá cotizar omo máximo por 1.682,70 euros hasta que se jubile un total de 18 años y los 7 años restantes para calcular su base reguladora los calculará considerando 8 años con la pensión mínima.

En esta tesitura, el autónomo antes de la reforma se jubilaría con una pensión de 1.442 euros mes (más dos pagas extras) y con la reforma actual su base reguladora sería de 1.213,92 euros al mes (más dos pagas extras). Esta rebaja en la cuantía de la pensión tiene su origen fundamentalmente en la consideración de años pasados para calcular la base reguladora y el importe en el que cae la pensión al mes es en torno al 16%.

La reforma que se plantea en las pensiones tiene que corregir este problema con los autónomos y debe facilitar los mecanismos para que se pueda aumentar la base de cotización sin límite en los últimos años de cotización.

No es lógico que se incluyan los años anteriores si no se permite aumentar libremente la base de cotización, fundamentalmente en los regímenes en los que existe libertad de elección de base, dado que realmente, estamos cambiando las reglas de juego a mitad del partido y este cambio sólo favorece a las arcas públicas.

Nota: Los cálculos se han actualizado a los importes de bases mínimas y máximas de este año. A efectos prácticos, las cantidades calculadas habría que deflactarlas con los índices de actualización de los próximos años, pero porcentualmente, las cuantías no cambian.