RGPD: qué hacer desde que se registra un nuevo contacto hasta su eliminación (infografía)
Las bases de datos de los contactos también tienen que adaptarse al nuevo Reglamento General de Protección de Datos. Para saber qué se debe hacer, hemos preparado una infografía que muestra buenas prácticas en el ciclo de vida de un contacto, desde su captación hasta su incorporación a tu base de datos. La figura del […]
- La figura del Delegado de Protección de Datos seguirá siendo clave en todas las empresas
- Además de cumplir con la recogida de datos, también se deben hacer efectivos los derechos ARCO de los usuarios
La recogida de datos en el RGPD
Es fundamental establecer un ciclo de vida de los datos. El objetivo es tener bajo control desde el momento en que se capta hasta que dicho contacto se elimina. Para ello, es fundamental seguir los siguientes puntos:- Será necesario designar un Delegado de Protección de Datos. La persona que se encargará de adoptar las medidas de seguridad necesarias para el cumplimiento y la gestión de los datos personales de los contactos.
- Es fundamental tener claros los permisos que nos conceden para la utilización de los datos. Es de gran utilidad la doble verificación, de modo que en una casilla se refleja los datos y si podemos o no utilizarlos para otros fines más allá de la finalidad para la que fueron recogidos. Se pueden recoger para prestar un servicio, pero que el cliente no quiera que le enviemos comunicaciones comerciales, por ejemplo.
- En cuanto a la cesión de los datos, con la llegada del RGPD, se acaba con los “packs de consentimientos”, donde el cliente autorizaba todo. Ahora es necesario recoger que se autoriza cada tipo de envío comercial. De ahí la importancia de la doble verificación en la base de datos para tener claro a qué nos ha autorizado el cliente.
- ¿Qué permisos tenemos sobre dichos datos? La granularidad de los consentimientos hace que tengamos permiso para enviar comunicaciones comerciales sobre un producto que ha adquirido el cliente, pero no necesariamente sobre otros que comercializa nuestra empresa. Es necesario tener muy claros los consentimientos recogidos a los que el cliente accede.
Y ten en cuenta los nuevos derechos de los usuarios
A los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición), ahora se suman nuevos derechos que hay que facilitar a los propietarios de los datos. Empezando por un derecho a la información que ahora debe ser mucho más claro y fácilmente comprensible, para que los usuarios sean totalmente conscientes de la cesión que están realizando.- El derecho al olvido tiene que estar contemplado para que en caso de la solicitud de un usuario se puedan suprimir o dejar como anónimos todos sus datos de forma inmediata. Aquí hay que hacer la salvedad de que, en determinadas ocasiones, la ley obliga a mantener ciertos datos de los clientes por cuestiones fiscales, por ejemplo, que deberán mantenerse.
- Derecho a la portabilidad, de manera que los contactos que tenemos pueden solicitar que sus datos se trasladen a otras entidades o empresas, que desde ese momento serán las responsables del tratamiento.
- Derecho a la limitación del tratamiento, donde el ciudadano puede facilitar sus datos imprescindibles para la prestación de servicios, por ejemplo, sin tener que ceder ninguno más que no se requiera para dicha prestación. Se acaba de esta manera con los “packs de consentimientos” que lo mismo autorizan a recoger los datos necesarios, como para las comunicaciones comerciales.
- Deber de la información, para que la empresa registre cada permiso, solicitud o gestión realizada con los datos personales de cada contacto. Esto implica que se deberían poder realizar informes de uso o disponer de un histórico de cada cliente si lo solicita la autoridad correspondiente.
Buenas prácticas RGPD
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