Excepciones al control horario (VIII): e-commerce

David Egea
David es diplomado en Relaciones Laborales por la Universitat Autónoma de Barcelona. Lleva más de 4 años en Sage, siendo actualmente Senior Product Manager del área de Payroll & HR.
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Siguiendo con las excepciones sobre la nueva normativa de control horario, en este post nos centramos en contarte cómo afecta esta novedad a los e-commerce 

  • Cumplir la legislación laboral aplicable no es una alternativa para tu e-commerce, es una necesidad si tienes empleados. 
  • ¿Conoces tus obligaciones en materia de control horario? ¿Sabes cómo cumplirlas? Te contamos los detalles en este post. 

El control horario de trabajadores en 2019 es obligatorio desde el 12 de mayo. El incumplimiento (realización de horas extra no pagadas) se considera una infracción grave que conlleva sanciones de hasta 6.250 euros. Esta nueva medida se ha tomado para evitar: 

  • La falta de pago de las horas extra que realizan los trabajadores. 
  • El encubrimiento por contratos temporales de contratos indefinidos. 
  • La falta de cotización a la Seguridad Social de las horas extra. 

Puede que, al principio, no cuentes con empleados en tu negocio de e-commerce pero, en el momento en que empieces a tenerlos, tendrás que cumplir con la normativa sobre control de la jornada de trabajo. 

¿Qué es el control horario de los trabajadores? 

El 12 de mayo entró en vigor la nueva redacción del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores que regula el control horario.  

El control horario de trabajadores supone la contabilización de las horas trabajadas por cada empleado y su reparto a lo largo de la jornada.  

¿En qué consiste la nueva normativa de control horario de 2019? 

En el caso de que tengas empleados, tal y como decíamos anteriormente, será necesario que realices el control horario de trabajadores. Las obligaciones que se derivan del artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores para tu e-commerce son las siguientes:  

  • Deberás garantizar el registro diario de la jornada. 
  • El registro deberá incluir el horario de inicio y de fin de la jornada de trabajo de cada empleado.  
  • El registro de la jornada se organizará y documentará mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa, o por la decisión del empresario previa consulta a los representantes de los trabajadores.  
  • Los registros de la jornada deberán conservarse durante 4 años.  
  • Estos registros deberán estar a disposición de los trabajadores, sus representantes y la inspección de trabajo.  

¿Cómo afecta esta normativa de control horario a los e-commerce y sus empleados? 

En tu ecommerce se pueden distinguir varios tipos de trabajadores a los que afecta de forma diferente el control horario:  

  • Empleados con contrato laboral que trabajen en tus oficinas. En este caso se aplicarán las obligaciones que hemos detallado en el apartado anterior reguladas en el artículo 34.9 del ET.  
  • Autónomos que contrates para hacer algún servicio. En este caso, el control horario no se aplica, ya que los autónomos se encuentran fuera de la aplicación del Estatuto de los Trabajadores que es donde se regula el control horario. No obstante, deberá quedar muy claro que se trata de una relación mercantil y no laboral.  
  • Teletrabajadores. Puede ocurrir que contrates a empleados que tengan que viajar o desplazarse y trabajen a distancia. A estos trabajadores también se les aplica el control horario y deberás encontrar la herramienta adecuada para realizar dicho control, una app o un software, por ejemplo. 
  • Trabajadores cedidos por una ETT. Si los trabajadores cedidos por la ETT realizan tareas en tu e-commerce como empresa usuaria, las facultades de dirección y control serán ejercidas por tu empresa, por lo que deberás realizar el control horario de trabajadores. Pero la ETT tiene que pagar el salario a los empleados y las cotizaciones a la Seguridad Social, por lo que tendrá que conocer los datos de las horas trabajadas, de manera que deberéis articular el procedimiento para aportar los registros a la ETT.  

¿Cómo te puede ayudar Sage en tu e-commerce? 

Las soluciones de Sage están pensadas para PYMEs y autónomos y pueden ser muy útiles tanto para el control de la contabilidad de tu e-commerce como para el control horario de los trabajadores.  

Por un lado, con Sage 50 controlarás tu contabilidad desde la nube y con el conector PrestaShop integrarás las soluciones de e-commerce PrestaShop y Sage 50.  

De esta manera, se conectará Sage 50 con la tienda online y se enviarán datos entre las dos aplicaciones.  

Por otro lado, en cuanto al control horario de trabajadores de tu e-commercelo puedes realizar mediante la solución Sage Control Horario, que te permitirá cumplir con la ley de forma sencilla y estar preparado ante una inspección de trabajo.  

¡No te quedes atrás y cumple fácilmente con la normativa de control horario desde hoy mismo! 

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