Qué debe saber un trabajador sobre el convenio colectivo por el que se rige su empresas

Gonzalo García Abad
Gonzalo es experto en fiscalidad y cuenta con experiencia como blogger en distintos canales en los que trata sobre economía.
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El contenido de los convenios colectivos es importante por diversas razones. Organiza las relaciones entre las empresas y los trabajadores afectados. Al mismo tiempo, tiene un efecto en la forma en la que se trabaja en su ámbito de aplicación. Por lo tanto, afecta con mayor o menor intensidad a los procesos de la empresa, a derechos y obligaciones de empresas y trabajadores e, incluso, a la estructura de los mercados.

Muchos trabajadores no saben mucho sobre el contenido de los convenios colectivos. Su extensión, la falta de tiempo o la dificultad para entenderlos pueden ser algunas de las causas. Sin embargo, los convenios afectan profundamente a la vida de los trabajadores. Es conveniente que tengan algunas nociones mínimas sobre qué se regula en ellos.

¿Qué pueden regular los convenios colectivos?

Según el Estatuto de los Trabajadores, dentro del respeto a las leyes, pueden regular materias de diversa índole:

  • Económica
  • Laboral
  • Sindical
  • Cuantas otras afecten a las condiciones de empleo y al ámbito de relaciones de los trabajadores y sus organizaciones representativas con el empresario y las asociaciones empresariales

Contenido mínimo de los convenios colectivos

No obstante, según el artículo 85.3 del Estatuto de los Trabajadores, existe un contenido mínimo de los convenios colectivos. Estará formado, al menos, por lo siguiente:

  • a) Determinación de las partes que los conciertan.
  • b) Ámbito personal, funcional, territorial y temporal.
  • c) Procedimientos para solventar de manera efectiva las discrepancias que puedan surgir para la no aplicación de las condiciones de trabajo a que se refiere el artículo 82.3, adaptando, en su caso, los procedimientos que se establezcan a este respecto en los acuerdos interprofesionales de ámbito estatal o autonómico conforme a lo dispuesto en tal artículo.
  • d) Forma y condiciones de denuncia del convenio, así como plazo mínimo para dicha denuncia antes de finalizar su vigencia.
  • e) Designación de una comisión paritaria de la representación de las partes negociadoras para entender de aquellas cuestiones establecidas en la ley y de cuantas otras le sean atribuidas, así como establecimiento de los procedimientos y plazos de actuación de esta comisión, incluido el sometimiento de las discrepancias producidas en su seno a los sistemas no judiciales de solución de conflictos establecidos mediante los acuerdos interprofesionales de ámbito estatal o autonómico previstos en el artículo 83.

Aspectos habituales en el contenido de los convenios colectivos

Lógicamente, no existen dos convenios iguales, pero sí es habitual encontrar muchas semejanzas. Aunque cada uno las regule de distinta forma, sí es habitual encontrar diversas materias en los convenios. Entre otras, encontramos con frecuencia las siguientes:

  • Facultades de la dirección de la empresa
  • Obligaciones de la empresa
  • Derechos de los trabajadores
  • Tipos de contratos
  • Jornada de trabajo
  • Vacaciones
  • Descansos durante la jornada
  • Excedencias
  • Ausencias justificadas
  • Bajas por enfermedad
  • Complementos retributivos
  • Premios
  • Prevención de la salud
  • Protocolos de lucha contra el acoso
  • Revisión y control de la salud
  • Plan de prevención de riesgos laborales
  • Prestaciones en caso de muerte
  • Prendas y equipos de trabajo
  • Salario base para cada categoría
  • Anticipos
  • Complementos salariales
  • Dietas y desplazamientos
  • Programas de prestaciones para empleados
  • Formas de ingreso en las empresas
  • Períodos de prueba
  • Ascensos
  • Ceses
  • Jubilaciones
  • Movilidad geográfica y funcional
  • Sistemas de clasificación profesional
  • Medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral
  • Protección a la paternidad y la maternidad
  • Medidas de protección a las víctimas de violencia de género
  • Comité de empresa
  • Garantías sindicales
  • Beneficios en compras a la empresa
  • Igualdad de oportunidades
  • Faltas y sanciones de los trabajadores
  • Formación continua

Por otro lado, los convenios incluyen un conjunto de reglas técnicas que sirven para marcar cómo se va a desenvolver la vida del convenio, cómo se resolverán los conflictos y qué sucederá a su fin.

¿Dónde podemos acceder al contenido de un convenio colectivo?

Los convenios colectivos son publicados en el Boletín Oficial del Estado o en el de la comunidad autónoma o de la provincia, en función de su ámbito territorial. Por lo tanto, su contenido tiene carácter público. Además, existe un Registro de Convenios Colectivos.

En muchas ocasiones, nos puede interesar comparar dos o más convenios colectivos. Por ejemplo, podemos querer conocer las condiciones que fijan dos convenios del mismo sector en dos ámbitos territoriales diferentes o las que establecen diferentes convenios de un mismo ámbito geográfico.

Para esos fines de comparación es útil consultar el Mapa de la Negociación Colectiva del Ministerio de Empleo. Nos muestra información orientativa sobre el posible convenio colectivo que pueda ser de aplicación a una determinada empresa en función de su actividad principal, en relación con los códigos CNAE asociados a la misma y al ámbito funcional de cada convenio colectivo.

La acción sindical y la gestión de recursos humanos actual tienen en el conocimiento de los trabajadores sobre sus propios convenios todo un reto. Es necesario que no pierdan de vista los aspectos más destacados. De ese modo, se consigue mejorar su comprensión sobre la relación laboral que mantienen con su empleador. Y. para superar ese reto, es fundamental acercarlo de forma sencilla y accesible.

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