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COVID-19: Novedades respecto el método de estimación objetiva del IRPF y de la cuota trimestral del régimen simplificado del IVA

Con motivo del estado de alarma provocado por COVID-19 se ha decretado lo siguiente:

  • Para flexibilizar el régimen de pymes y autónomos se elimina la vinculación obligatoria que durante tres años se establece legalmente para la renuncia al método de estimación objetiva del IRPF, el régimen simplificado y el de agricultura, ganadería y pesca del IVA.
  • Los contribuyentes en régimen de estimación objetiva para el IRPF y en plazo de presentación de pago fraccionado podrán renunciar a su aplicación para este año 2020.

Podrán volver a determinar el rendimiento neto de su actividad en el ejercicio 2021 siempre que cumplan los requisitos para su aplicación y revoquen la renuncia al método de estimación objetiva en el plazo previsto.

  • Esta renuncia y su posterior revocación tendrá los mismos efectos respecto de los regímenes especiales establecidos en IVA e IGIC.
  • Para el cálculo a ingresar del pago fraccionado en método de estimación objetiva del IRPF, no computarán, en cada trimestre natural, como días de ejercicio de la actividad, los días naturales en los que hubiera estado declarado el estado de alarma en dicho trimestre.
  • Los sujetos pasivos en método de estimación objetiva del IRPF y del régimen simplificado de IVA para el 2020, en su cálculo del ingreso a cuenta en el año 2020 no computarán los días naturales en que se estuviera bajo el estado de alarma.
  • Para el primer trimestre se deberá restar a los 91 días naturales – 18 días en estado de alarma (del 14 de marzo al 31 de marzo). Lo que se computarán 73 días naturales.
  • Para el segundo se deberá restar 91 días – 39 días naturales (del 1 de abril al 9 de mayo, en el caso hipotético que el estado de alarma finalizase esa fecha). Lo que se computarán 52 días naturales.
  • AEAT adaptará su sistema de presentación a aquellos interesados de beneficairse de estas medidas por si se quisiera optar por volver a presentar sus declaraciones y/o modelos si ya los hubiera presentado previamente.