
ÁLAVA SII (2021) – Modificación SII para el ejercicio 2021
Una nueva normativa legal al detalle en Sage Advice sobre la modificación del SII en Álava para el ejercicio 2021.
El nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD, por sus siglas en castellano y GDPR, por sus siglas en inglés) aprobado en abril de 2016 por la Unión Europea, constituye un nuevo marco jurídico sobre la protección de los datos personales y sobre sobre su libre circulación.
El RGPD está diseñado para otorgar mayor seguridad y control a las personas sobre su información personal, así como para establecer unas reglas comunes en toda Europa de protección de dicha información.
En España rige la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), una de las normativas más estrictas de la Unión Europea en materia de protección de datos. Hasta la entrada en vigor del RGPD, tanto la Directiva 95/46/CE como las normas internas de los diferentes países de la UE seguirán siendo aplicables, incluida la LOPD en España.
Uno de los principales objetivos de la nueva normativa es el de aumentar la protección a las personas físicas ante el tratamiento y la libre circulación de cualquier tipo de datos personales en un contexto de actividades profesionales. Con el nuevo Reglamento General de Protección de Datos existirá una necesidad de consentimiento inequívoco y explícito del uso de esos datos.
El nuevo RGPD será una norma más estricta. Las sanciones a las empresas pueden llegar al 4% de la facturación anual mundial o a los 20 millones de euros (lo que sea mayor). Además, la condena podrá imponerse aunque no haya pérdida en sí de los datos.
Con todo ello, se dará mayor control de sus datos personales a los ciudadanos, ampliando sus derechos a decidir cómo desean que sus datos sean tratados y cómo quieren recibir información de las empresas.
El nuevo Reglamento General de Protección de Datos ya está en vigor desde abril de 2016, pero será de aplicación obligatoria para todas las empresas de la Unión Europea (UE) a partir del 25 de mayo de 2018.
El RGPD tiene grandes implicaciones para todos los departamentos de muchas compañías a nivel mundial, afectando a las empresas y a quienes se encarguen del tratamiento de datos para ellas (incluso fuera de la UE).
Por eso, se recomienda recibir la formación adecuada en esta nueva normativa de protección de datos para trabajar con tiempo en los cambios necesarios para llevar a cabo una correcta adaptación (y evitar posibles sanciones).
No sólo se trata de formar a tu equipo, sino de demostrar que has adoptado las medidas adecuadas para un mejor cumplimiento del RGPD.
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Art. 32 Seguridad del tratamiento
[…] el encargado del tratamiento aplicará medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, que en su caso incluya, entre otros […]
Art. 4. Apartado 11, sobre la Gestión de Consentimientos
[...]Toda manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la que el interesado acepta, ya sea mediante una declaración o una clara acción afirmativa, el tratamiento de datos personales que le conciernen [...]
Art. 17 Derecho de supresión o derecho al olvido
[…] Gestionando las excepciones de obligaciones legales.[…] “para el cumplimiento de una obligación legal que requiera el tratamiento de datos impuesta por el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al responsable del tratamiento […]
Art.20. Derecho a la portabilidad de datos
[…] El interesado tendrá derecho a recibir los datos personales que le incumban, que haya facilitado a un responsable del tratamiento o, en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, y a transmitirlos a otro responsable del tratamiento […]
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El Reglamento establece que la edad a la que los menores pueden prestar por sí mismos su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales en el ámbito de los servicios de la sociedad de la información (por ejemplo, redes sociales) es de 16 años. Sin embargo, permite rebajar esa edad y que cada Estado miembro establezca la suya propia, estableciendo un límite inferior de 13 años. En el caso de España, ese límite continúa en 14 años. Por debajo de esa edad, es necesario el consentimiento de padres o tutores.
En el caso de las empresas que recopilen datos personales, es importante recordar que el consentimiento tiene que ser verificable y que el aviso de privacidad debe estar escrito en un lenguaje que los niños puedan entender.
Este sistema está pensado para que los responsables establecidos en varios Estados miembros o que, estando en un solo Estado miembro, hagan tratamientos que afecten significativamente a ciudadanos en varios Estados de la UE tengan una única autoridad de protección de datos como interlocutora. También implica que cada autoridad de protección de datos europea, en lugar de analizar una denuncia o autorizar un tratamiento a nivel estrictamente nacional, a partir de la aplicación del Reglamento valorará si el supuesto tiene carácter transfronterizo, en cuyo caso habrá que abrir un procedimiento de cooperación entre todas las Autoridades afectadas buscando una solución aceptable para todas ellas. Si hay discrepancias insalvables, el caso puede elevarse al Comité Europeo de Protección de Datos, un organismo de la Unión integrado por los directores de todas las autoridades de protección de datos de la Unión. Ese comité resolverá la controversia mediante decisiones vinculantes para las autoridades implicadas.
Este nuevo sistema no supone que los ciudadanos tengan que relacionarse con varias autoridades o con autoridades distintas de la del Estado donde residan. Siempre pueden plantear sus reclamaciones o denuncias ante su propia autoridad nacional (en el caso español, la Agencia Española de Protección de Datos). La gestión será realizada por esa autoridad, que será también responsable de informar al interesado del resultado final de su reclamación o denuncia.
La ventanilla única, en todo caso, no afectará a empresas que sólo estén en un Estado miembro y que realicen tratamientos que afecten sólo a interesados en ese Estado.
La información contenida en este sitio web tiene una finalidad meramente orientativa. Por tanto, no debe interpretarse como asesoramiento jurídico ni fue creada para tal fin. Nos gustaría destacar que los clientes deberán realizar sus propias investigaciones detalladas o buscar su propio asesoramiento jurídico cuando no estén seguros de las implicaciones del RGPD para su negocio. Aunque hemos hecho todo lo posible para asegurarnos de que la información incluida en este sitio web sea correcta y esté actualizada, Sage no se compromete a garantizar su integridad ni su exactitud, y entrega esta información tal como está, sin garantía alguna, ni expresa ni implícita. Sage no asume ninguna responsabilidad por errores u omisiones y no se responsabiliza de ningún daño (incluidos, entre otros, los daños por pérdida de negocio o pérdida de ganancias) que pudiera surgir por contrato, agravio o de cualquier otra manera por usar esta información o basarse en ella, o por cualquier medida o decisión tomada como resultado del uso de esta información.