Descubre en qué consiste la Ley Crea y Crece así como los requisitos regulatorios y la nueva factura electrónica obligatoria.
La Ley Crea y Crece pretende generalizar la factura electrónica como herramienta para digitalizar las relaciones comerciales, facilitar la creación de empresas y luchar contra la morosidad.
La Ley 18/2022, conocida como la nueva Ley Crea y Crece, implica importantes cambios en la forma de gestionar las facturas de empresas y los autónomos. Entre las medidas de esta ley de facturación electrónica se encuentra la obligatoriedad de la utilización de la factura electrónica en las operaciones entre empresarios y profesionales.
La promoción del uso de la factura electrónica en operaciones entre empresarios y profesionales es una medida para:
La Ley Crea y Crece introduce varias novedades, entre las cuales destacan:
Los objetivos de la Ley Crea y Crece se recogen en el artículo 1 de la ley.
Entre los principales objetivos de la Ley Crea y Crece se encuentran:
La Ley Crea y Crece fue publicada en el BOE el 29 de septiembre de 2022 y entró en vigor el 19 de octubre de 2022.
El desarrollo reglamentario de la factura electrónica obligatoria B2B se aprobó mediante el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026 y entró en vigor el 20 de abril de 2026. No obstante, su aplicación efectiva está pendiente de la entrada en vigor de la orden ministerial que desarrollará la solución pública de facturación electrónica.
La entrada en vigor de esa orden ministerial marcará el inicio del cómputo de los plazos para que sea obligatorio el uso de la factura electrónica entre empresas y profesionales (B2B). Por tanto, mientras no se publique, no pueden fijarse fechas definitivas. Los plazos previstos son:
Cuando resulte exigible la factura electrónica obligatoria B2B, los sistemas de facturación de las empresas deberán cumplir determinados requisitos para garantizar:
Solución integrada de contabilidad y gestión comercial para que puedas gestionar tu pequeña empresa.
Contabilidad y facturación en la nube para pequeñas empresas.
¡Ahora con una edición solo de facturación en la nube!
La solución de gestión empresarial para medianas empresas de todos los sectores de actividad. Diseñada para crecer a tu ritmo, decides que necesitas y cuando lo necesitas; asequible, modular, personalizable y escalable. Con el mayor ecosistema de soluciones conectadas y socios de desarrollo e implementación del sector.
Toma las riendas de todas las facetas de tu negocio. Trabaja de una forma más rápida y sencilla en lo referente a la gestión de la producción y la cadena de suministro, y mantén tus finanzas bajo control. La solución para medianas y grandes empresas que te permite:
Ahora es posible dar de alta una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de solo 1 euro, frente al mínimo legal de 3.000 euros vigente anteriormente. Sin embargo, para garantizar cierta estabilidad financiera, las empresas con capital inferior a 3.000 euros deberán cumplir con requisitos adicionales:
Para las sociedades anónimas (S.A.), el capital social mínimo se mantiene en 60.000 euros.
Los PAE y el sistema CIRCE agilizan la creación de empresas y simplifican trámites.
El sistema CIRCE permite realizar online la mayoría de gestiones, reduciendo desplazamientos y tiempos. Con ambos recursos, es posible constituir una sociedad en unos 10 días, con menores costes notariales. Los notarios deben informar obligatoriamente sobre estas ventajas.
La morosidad afecta especialmente a la liquidez y estabilidad de las pymes. Para reducir estos retrasos en pagos entre empresas, la Ley Crea y Crece incorpora medidas orientadas a:
El objetivo es reforzar la protección de autónomos y pymes frente a impagos recurrentes.
El Observatorio Estatal de la Morosidad Privada es un organismo creado por la Ley Crea y Crece que busca generar transparencia. Se ocupa de dar seguimiento de los plazos de pago en las operaciones comerciales privadas.
Sus funciones principales son:
Las empresas que incumplan los plazos de pago establecidos en la Ley 3/2004 contra la morosidad no podrán acceder a subvenciones públicas superiores a 30.000 €.
Esta restricción se aplica a las sociedades que pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, mientras que las empresas de mayor tamaño deberán acreditar el cumplimiento mediante un certificado de auditor.
El objetivo es fomentar el pago en plazo —actualmente un máximo de 60 días tras la prestación del servicio— y asegurar que las ayudas públicas se concedan únicamente a empresas con prácticas de pago responsables.