
Preparación para Verifactu: ¿Está tu software de facturación listo?
Descubre cómo preparar tu software de facturación para Verifactu: los pasos a seguir, las actualizaciones y los requisitos técnicos.
Debido a la ley antifraude, los autónomos, pymes, y asesorías y despachos profesionales deberán disponer de un software de contabilidad y facturación adaptado a un conjunto de medidas destinadas a evitar el doble uso.
La llamada coloquialmente Ley Antifraude busca mejorar el control fiscal y combatir el fraude.
Con esta ley se han modificado aspectos que afectan a todos los tributos y se han introducido reformas puntuales en la ley de algunos impuestos. Entre ellas destaca el software antifraude, que se está implementando gradualmente desde 2021.
La Ley Antifraude de 2021 introduce cambios importantes en la facturación, como la obligatoriedad de usar software certificado con declaración responsable, la inclusión de un hash en cada registro informático de facturas, y la incorporación de códigos QR en todas las facturas. También se introduce el sistema Verifactu de aplicación voluntaria.
Las fechas clave para cumplir con Verifactu y la Ley Antifraude son: el 28 de julio de 2025, los fabricantes de software deben tener su software certificado por la Agencia Tributaria; el 1 de enero de 2026, las sociedades anónimas y limitadas deben usar software certificado; y el 1 de julio de 2026, los autónomos y sociedades civiles deben usar software certificado.
La Ley Antifraude de 2021 introdujo nuevas infracciones desde el 11 de octubre de ese año, sancionando el uso de software de doble uso. Las sanciones por software sin certificar comenzarán el 1 de enero de 2026 para sociedades anónimas y limitadas, y el 1 de julio de 2026 para autónomos y sociedades civiles. Las multas varían entre 50.000 y 150.000 euros, dependiendo del tipo de infracción.
En Sage nos dedicamos al desarrollo de software y servicios de gestión empresarial para ayudarte a cumplir con las nuevas normativas legales como autónomo, empresa, asesoría o despacho profesional.
Contamos con expertos locales que conocen de primera mano los cambios normativos ya que están en contacto y colaboran constantemente con las autoridades fiscales, laborales y mercantiles de nuestro país, manteniendo nuestros productos actualizados.
Conoce las consultas más habituales sobre la ley antifraude.
La Ley 11/2021 incorporó reformas de gran impacto para todo el ecosistema empresarial en materia tributaria. La mayoría de ellas ya llevan unos años en vigor y afectan a cuestiones como:
Ahora, el principal foco de atención es el cambio en la facturación y el software que la hace posible.
En principio, hay muchas medidas de la Ley Antifraude de 2021 que afectan a todo tipo de personas físicas, jurídicas y otro tipo de entidades. No obstante, la reforma del software antifraude solo afecta a las que desarrollan actividades empresariales o profesionales, pero con dos niveles de afectación:
La Ley Antifraude de 2021 viene teniendo un calendario progresivo de aplicación:
La Ley Antifraude de 2021 introdujo a partir del 11 octubre de ese mismo año nuevos tipos de infracciones relacionadas con la producción, comercialización o tenencia de software que incumpla las normas. Desde entonces, ya, de hecho, son sancionables conductas como las relacionadas con el software de doble uso.
No obstante, la ley también prevé infracciones y sanciones relacionadas con el software que carezca de certificación. Sin embargo, estas comenzarán cuando lo haga la obligación correspondiente, que en el caso de los usuarios será:
En cuanto a la cuantía, hay dos posibilidades:
La Ley Antifraude afecta a todos los sistemas y programas informáticos que soportan los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollan actividades económicas. En concreto, exige que los registros informáticos cumplan con ciertas características esenciales:
Para asegurar el cumplimiento de estos principios, se ha desarrollado el Real Decreto 1007/2023, conocido coloquialmente como reglamento Verifactu. Este reglamento introduce un sistema voluntario de remisión automática de los registros de facturación a la AEAT, denominado, precisamente, Verifactu.
Por tanto, el software antifraude (que será el único que podrá usarse), puede entenderse como aquel que permite que los registros informáticos de facturación posean las características marcadas por la ley. Por contra, existe un software prohibido, cuya producción o comercialización implica una infracción y puede ser sancionada.
En concreto, se prohíbe aquel en el que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:
El software de doble uso es aquel programa de contabilidad, facturación o gestión que permite a cualquier empresa llevar una facturación paralela a la oficial.
En términos generales, las implicaciones de la Ley Antifraude en materia de software pueden resumirse en:
Sí, desde el 1 de enero de 2026 para los contribuyentes del impuesto sobre sociedades (como sociedades limitadas o anónimas). Y desde el 1 de julio de 2026 para el resto de los obligados (como personas físicas o sociedades civiles).
La mera tenencia de un programa no homologado o que, tras la certificación, ha sido manipulado, podrá acarrear sanciones de 50.000 euros por ejercicio. No hace falta ni siquiera que lo hayas utilizado. Simplemente, con tener ese tipo de software te podrían sancionar.
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