Finanzas

Presupuestos Generales 2011: cambios fiscales para empresas

La presentación de los Presupuestos Generales para el 2011 introduce algunas mejoras en la fiscalidad de las empresas. A pesar de que el texto completo de los presupuestos no se conoce aún, el Gobierno ha avanzado las principales modificaciones fiscales que se introducen para las sociedades.

Básicamente, se amplía el concepto de empresa de reducida dimensión y se mejoran los impuestos de determinadas operaciones societarias, por lo que no se esperan cambios más importantes que estos.

Cambios en el impuesto de sociedades

La principal novedad que se introduce es la ampliación del régimen fiscal de empresa de reducida dimensión para empresas que pierdan dicha condición durante los tres años siguientes. Se considera que una empresa es de reducida dimensión cuando el importe neto de su cifra de negocios es inferior a 8 millones de euros.

El régimen fiscal para empresas de reducida dimensión permite tributar un 5% menos en el impuesto de sociedades al aplicar las escalas de tipos reducidos del impuesto de sociedades. La tributación para dichas entidades es la siguiente:

  • Hasta 120.202 euros de base imponible, se aplica un tipo reducido del 20%
  • A partir de 120.202 euros de base imponible, se aplica un tipo del 25%

No se ha aclarado si el primer impuesto de sociedades que cubrirá esta modificación será el correspondiente al ejercicio 2010 o al ejercicio 2011, por lo que suponemos que la modificación será aplicable para los impuestos que comiencen a devengarse en el próximo ejercicio.

A efectos prácticos, esta modificación afectará a menos de 10.000 empresas. Tengamos presente que sólo se podrán favorecer las sociedades que tengan bases imponibles positivas y que superen los 8 millones de euros de ingresos durante el ejercicio.

Comparando con las últimas estadísticas tributarias disponibles (PDF – pág 267) del impuesto de sociedades (declaraciones del ejercicio 2007, presentadas en el 2008), podemos apreciar que sólo unas 10.000 empresas se encontraban en el tramo de ingresos propicio a la pérdida de la condición de empresa de reducida dimensión y daba a la vez beneficios.

Tal y como se puede apreciar, aún suponiendo un crecimiento lineal de la cifra de negocio del 10% en estos años de crisis y un mantenimiento de las bases imponibles, nunca se favorecerán más de 10.000 empresas de la bonificación propuesta.

Exenciones en Actos Jurídicos Documentados para operaciones societarias

La segunda modificación se crea para aliviar los gastos de las ampliaciones de capital en las empresas. Para el 2011 y 2012, estarán exentas en actos jurídicos todas las ampliaciones de capital de las empresas. Actualmente, las operaciones de ampliación de capital, necesarias en las entradas de nuevos socios o en las situación de absorción de pérdidas mediante las ampliaciones de capital, tienen un 1% de tributación en AJD sobre el nominal ampliado.

Esta modificación favorece el cumplimiento con la legislación mercantil vigente, pero no elimina los gastos de notaria y registro, de cuantía superior al impuesto de actos jurídicos documentados para casi todas las operaciones societarias.

Elevación de los tipos marginales en el IRPF

Por último, la gran novedad que se ha llevado a cabo afecta al tipo general del IRPF, con la creación de dos tipos marginales adicionales al 44% para bases imponibles superiores a 120.000 euros y el 45% para bases imponibles superiores a 175.000 euros. Si tenemos rendimientos de actividades económicas o profesionales, es el momento de plantearnos la creación de estructuras societarias para tributar por sociedades en estos casos.

No siempre es posible, pero en la mayoría de los casos, si no podemos recurrir a sociedades ordinarias, nos queda la posibilidad de sociedades profesionales, dado que los rendimientos más castigados con esta subida de tipos marginales la tenemos en los rendimientos del trabajo y en las actividades económinicas.