Playing now

Playing now

Derecho al olvido

Términos del Diccionario Empresarial

Derecho al olvido

Cuando hablamos de derecho al olvido nos referimos al derecho que tiene el titular de unos datos personales a eliminar, borrar o bloquear dicha información personal. Una información que, de algún modo, puede afectar al libre desarrollo de alguno de sus derechos fundamentales (como son el derecho a la intimidad, al honor y a la propia imagen), o en el caso de que se considere información obsoleta, por lo que carecerá de sentido que se tenga acceso a ella después de mucho tiempo (y no sirva ya para los fines originales). Es decir, en resumen, es la manifestación de los tradicionales derechos de cancelación y oposición aplicados a los buscadores de Internet.

Cualquier usuario podrá ejercer su derecho al olvido frente a los buscadores de la red sin acudir previamente a la fuente original. Esto significa que los motores de búsqueda y los editores originales realizan dos tratamientos de datos diferenciados, con legitimaciones diferentes y también con un impacto distinto sobre la privacidad de las personas. Y, ¿qué suele suceder? Con frecuencia no suele procederse a conceder el derecho frente al editor y sí frente al motor de búsqueda, ya que la difusión universal que hace el buscador, sumado a la información adicional que facilita sobre el mismo individuo cuando se busca por su nombre, puede tener un impacto sobre su privacidad.

Para ejercer al derecho al olvido, la legislación española establece que es imprescindible que el ciudadano se dirija en primer lugar a la entidad que está tratando sus datos, en este caso al buscador. Los más usados han habilitado sus propios formularios para recibir las peticiones de derechos en este ámbito (es el caso de Google, Bing o Yahoo).

Por otro lado, cabe destacar que esta reivindicación de ese derecho al olvido viene de la mano de los buscadores como Google: basta teclear el nombre de una persona para que aparezca información sobre ella (además, una información que aparece de modo inmediato). Por lo que, ante situaciones, por ejemplo, de delitos cometidos en el pasado, fotos colgadas que ahora quieran ser eliminadas, entre otros, es cuando el ejercer ese derecho al olvido suele pasar a tener una mayor importancia para el usuario.

En nuestro país, el derecho al olvido está regulado por la LOPD (Ley Española de Protección de Datos Personales), la cual lo regula en materia de ficheros de morosos en el artículo 29.4 que dispone lo siguiente: “Sólo se podrán registrar y ceder los datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica de los interesados y que no se refieran, cuando sean adversos, a más de seis años, siempre que respondan con veracidad a la situación actual de aquéllos”. Este derecho al olvido será regulado, a partir del próximo 25 de mayo, por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en todos los países miembros de la Unión Europea (UE).

RGPD. Guía para asesorías y despachos profesionales.

Contenido actualizado con las últimas novedades para tu asesoría y para tus clientes en vuestro proceso de adaptación a la nueva normativa del RGPD.

Descarga gratis
sage guia rgpd para asesorias