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La presentación telemática de los modelos fiscales y el nuevo sistema PIN24

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En su estrategia de implantar la administración electrónica, la Agencia Tributaria continúa generalizando la presentación telemática de los modemos fiscales. El objetivo es que sólo se pueda presentar en papel el modelo 100 de IRPF y el resto se haga a través de la sede electrónica de la web de la AEAT.

Para poder realizar los trámites telemáticos es necesario disponer del certificado electrónico, que es obligatorio para las sociedades ya que es el que utilizan para poder gestionar las notificaciones electrónicas, el resto de contribuyentes que no estén obligados a disponer de la firma electrónica podrán usar el nuevo sistema PIN24.

 

La obligación de presentar las declaraciones por vía telemática

La Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre establece las nuevas normas de presentación de las declaraciones tributarias.

Las personas jurídicas ya estaban obligadas anteriormente a la presentación de sus modelos tributarios por vía telemática. Las personas físicas todavía pueden presentar en papel los modelos 111, 115, 130, 131, 136 y 303.

En el caso del modelo 303, de liquidación trimestral del IVA, el cuarto trimestre de 2013 será el último, ya que los modelos generados con fecha de devengo posterior al 1 de enero de 2014 tendrán que presentarse telemáticamente por todos los contribuyentes obligados.

En cuanto a las declaraciones informativas, todas deben presentarse por vía telemática. Se establece una excepción para los modelos 347 (en el caso de las comunidades de propietarios) y el 390, que pueden presentarse también mediante el envío de un mensaje SMS. Esta posibilidad está disponible sólo para el ejercicio 2013.

El sistema PIN24

El sistema PIN24 acaba de ponerse en marcha recientemente y permitirá a los contribuyentes obtener un certificado temporal con el que realizar las gestiones oportunas a través de la sede electrónica de la AEAT.

Para acceder a este servicio será necesario, en primer lugar, solicitar el alta a través de la web de la AEAT, indicando el NIF, el primer apellido y un número IBAN de una cuenta bancaria de la que sea titular el solicitante. La Administración confirmará el registro y desde ese momento se podrá utilizar el sistema para la presentación de las declaraciones.

Cada vez que se quiera utilizar deberá accederse al sistema y, una vez introducido los datos de registro, el contribuyente recibirá un SMS en su teléfono móvil con una clave que servirá para la presentación telemática. Esa clave tendrá una validez de 24 horas y una vez que caduque será necesaria obtener otra para nuevas gestiones.