Legal

COVID- 19 – Nuevo procedimiento para la solicitud colectiva de la prestación de desempleo en nombre de los trabajadores

Normativa Legal

¿A qué afecta?

Al procedimiento actual ERTEs.

 ¿A quién afecta?

A todas las empresas y autónomos empleadores.

 ¿Cómo afecta?

 La prestación de desempleo de trabajadores afectados por un ERTE debido a COVID-19 debe ser solicitada por la empresa y no por el trabajador.

Para ello las empresas, han de enviar un fichero por cada Código de Cuenta de Cotización donde figuren los trabajadores en activo afectados por el ERTE al correo electrónico de la Dirección Provincial del SEPEE de la provincia donde se encuentre el centro de trabajo.

Una vez enviada la relación de trabajadores, la empresa ha de enviar de urgencia el certificado de desempleo a través de la aplicación Certific@.

 ¿Desde cuándo afecta?

25/03/2020

URL_Origen: ,http://www.sepe.es/HomeSepe/que-es-el-sepe/comunicacion-institucional/noticias/detalle-noticia.html?folder=/2020/Marzo/&detail=solicitud-prestacion-desempleo-en-nombre-trabajadores.