Legal
Test de balance. Cómputo de las pérdidas para la reducción obligatoria de capital y para la disolución por pérdidas
¿A qué afecta?
Al cálculo que toda empresa está obligada a hacer cerrado el ejercicio, para determinar si existe desequilibrio patrimonial por pérdidas. Si existe la empresa puede estar obligada a reducir capital, o a disolverse. Esto ocurre cuando el Patrimonio Neto calculado al efecto de determinar si existe desequilibrio patrimonial por pérdidas, está en alguna de estas dos situaciones:
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- Cuando el PN , y esta situación se mantiene durante más de un año natural:
- Si la empresa es Sociedad Anónima tendrá obligación legal de reducir el capital social, hasta conseguir el equilibrio mínimo.
- Cuando el PN , y esta situación se mantiene durante más de un año natural:
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- Cuando el PN , si la situación no se solventa la empresa en el plazo de tres meses tiene la obligación de disolverse,
- Esto afecta tanto si la empresa es una SA, como una SRL.
- Cuando el PN , si la situación no se solventa la empresa en el plazo de tres meses tiene la obligación de disolverse,
Patrimonio Neto, a efectos de determinar si existe obligación de reducción o liquidación del capital social en el ejercicio 2014 |
PNC, Patrimonio Neto Contable
+Capital no exigido +Acciones o participaciones consideradas como pasivo – Ajustes por operaciones de cobertura(A-2) +Préstamos participativos |
En este cálculo desde el ejercicio 2008, están exceptuados los gastos por deterioro según estableció el Real Decreto Ley 10/2008, en su Disposición Adicional Única (BOE 13/12/20108).
¿A quién afecta?
A toda empresa Sociedad Anónima, o Sociedad de Responsabilidad Limitada, o todo tipo de entidad cuya normativa se base en lo regulado para S.A., o SRL.
¿Cómo afecta?
El ICAC aclara que:
- Desde que entró en vigor el PGC07, PGCPYMES07, en el cálculo del Patrimonio Neto a efectos de determinar si existe desequilibrio por pérdidas no se han tenido en cuenta los gastos por deterioro originados en el I. Material, I. Intangible, Inversiones Inmobiliarias, Existencias.
- Ahora como excepción y solo durante el ejercicio 2014, también se incluye en esta excepción, el no tener en cuenta el deterioro originado por los préstamos y otras partidas a cobrar.
¿Cuándo afecta?
Para ejercicios iniciados entre el 01/01/2014 y el 31/12/2014.
- BOICAC
- Real Decreto Ley 10/2008, Disposición Adicional Única
http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2008-20149&b=6&tn=1&p=20100401