Estrategia y Gestión

¿Cuál es la diferencia entre monopolio y oligopolio?

Los monopolios y los oligopolios dificultan la libre competencia y pueden atentar contra los intereses de los consumidores.

Sage

Los monopolios y oligopolios provocan distorsiones en la libre competencia de los mercados en los que operan.

  • En este artículo descubrirás las diferencias entre un monopolio y un oligopolio.
  • Conoce cuál es el papel de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y las prácticas contrarias a la competencia que persigue.

Contenido del post

  1. Diferencia entre monopolios y oligopolios
  2. Economías a escala, barreras de entrada y competencia imperfecta de los monopolios y oligopolios
  3. Conductas colusorias prohibidas en la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia
  4. Limites al abuso de posición dominante
  5. ¿Cuáles son las funciones de la CNMC y su papel en defensa de la libre competencia?

En España todavía existen monopolios y oligopolios que vigila de cerca la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

El principal objetivo de la CNMC es promover y defender el buen funcionamiento de todos los mercados en interés de los consumidores y de las empresas.

Algunos de los monopolios que todavía sobreviven en nuestro país son AENA y la red de estancos que monopoliza la venta de tabaco, con la excepción de las maquinas expendedoras de bares, quioscos de prensa y gasolineras. Otros que monopolizaron el mercado durante muchos años, como Telefónica, han tenido que facilitar la entrada de nuevos competidores. 

No solamente los monopolios dificultan la competencia. Los oligopolios también influyen en los precios y dificultan la libre competencia. Un ejemplo de ello se encuentra en sectores como el de la telefonía y las eléctricas, donde un reducido número de operadores, aunque aparentan competir, ocasionalmente aumentan simultáneamente las tarifas. Esto genera un entorno menos favorable para los consumidores porque limita las opciones de mercado.

¡TUITÉALO! Descubre las sutilezas entre monopolios y oligopolios y conoce el papel crucial de la CNMC en la defensa de la competencia.

1) Diferencia entre monopolios y oligopolios

La principal diferencia entre monopolio y oligopolio radica en el número de integrantes. 

  • En un monopolio en sentido estricto solo existe un vendedor en el mercado que monopoliza el mercado y fija los precios
  • Los oligopolios están formados por un reducido número de empresas que dominan el mercado. Al ser pocos operadores en el mercado, pueden llegar a pactar subidas de precios, algo que atenta contra los intereses de los consumidores. 

2) Economías a escala, barreras de entrada y competencia imperfecta de los monopolios y oligopolios

Tanto los monopolios como los oligopolios se pueden beneficiar de economías de escala.

En ambos casos, también pueden existir barreras de entrada a nuevos competidores, que pueden ser: 

  • naturales, 
  • económicas, 
  • tecnológicas 
  • o legales. 

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Al no existir un equilibrio natural entre la oferta y la demanda para determinar los precios de los bienes o servicios, en los mercados donde operan los monopolios y los oligopolios, existe una competencia imperfecta

En determinados casos, los gobiernos establecen algunos monopolios naturales mediante empresas de servicios públicos. D esta manera, se optimizan los costes y se pueden ofrecer servicios públicos. Un ejemplo de este tipo de monopolios seria Red Eléctrica de España (REE)

3) Conductas colusorias prohibidas en la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia

En la Ley de defensa de la competencia se ponen límites a las conductas colusorias. De esta manera, se prohíbe todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva, así como práctica concertada o conscientemente paralela que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o parte del mercado nacional y, en particular, los que consistan en:

  • La fijación, de forma directa o indirecta, de precios o de otras condiciones comerciales o de servicio.
  • La limitación o el control de la producción, la distribución, el desarrollo técnico o las inversiones.
  • El reparto del mercado o de las fuentes de aprovisionamiento.
  • La aplicación, en las relaciones comerciales o de servicio, de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes que coloquen a unos competidores en situación desventajosa frente a otros.
  • La subordinación de la celebración de contratos a la aceptación de prestaciones suplementarias que, por su naturaleza o con arreglo a los usos de comercio, no guarden relación con el objeto de tales contratos. Este sería el caso de la contratación de seguros vinculados a la obtención de financiación por entidades financieras.

4) Límites al abuso de posición dominante

En la Ley 15/2007de Defensa de la Competencia, también se ponen límites al abuso de posición dominante. Se prohíbe la explotación abusiva por una o varias empresas de su posición de dominio en todo o en parte del mercado nacional. Estos abusos pueden consistir en:

  • La imposición, de forma directa o indirecta, de precios u otras condiciones comerciales o de servicios no equitativos.
  • La limitación de la producción, la distribución o el desarrollo técnico en perjuicio injustificado de las empresas o de los consumidores.
  • La negativa injustificada a satisfacer las demandas de compra de productos o de prestación de servicios.
  • La aplicación, en las relaciones comerciales o de servicios, de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes, que coloque a unos competidores en situación desventajosa frente a otros.
  • La subordinación de la celebración de contratos a la aceptación de prestaciones suplementarias que, por su naturaleza o con arreglo a los usos de comercio, no guarden relación con el objeto de dichos contratos.

El pasado 26 de diciembre la CNMC comunicaba que había abierto un expediente sancionador a Repsol por abuso de posición dominante en el mercado de distribución mayorista de hidrocarburos en España. 

Según la CNMC, la petrolera habría aprovechado su posición para ganar cuota de mercado minorista en detrimento de estaciones de servicio independientes. Las conductas realizadas por la petrolera desde marzo hasta diciembre de 2022 fueron:

  • Ofrecer descuentos adicionales a sus clientes a través de aplicaciones o tarjetas de fidelización y pago. 
  • Incrementar el precio del combustible a las estaciones de servicio independientes. 

5) ¿Cuáles son las funciones de la CNMC y su papel en defensa de la libre competencia?

La Comisión Nacional de la Competencia entró en funcionamiento el 7 de octubre de 2013 con el fin de promover y defender el buen funcionamiento de todos los mercados en interés de los consumidores y de las empresas. Lo que implica luchar contra los monopolios o las prácticas monopolísticas en los mercados españoles.

La CNMC es un organismo público con personalidad jurídica propia, independiente del Gobierno y sometido al control parlamentario. Ejerce una labor de supervisión, análisis y regulación de la competencia efectiva, actuando sobre múltiples ámbitos y mercados.

Estrategias para la competencia justa

Con el objeto de mejorar la competencia, la CNMC puede tomar las siguientes medidas: 

  • Investigar y sancionar prácticas anticompetitivas a partir de denuncias o por propia iniciativa.
  • Dictar recomendaciones para mejorar las condiciones de competencia en los distintos mercados.
  • Autorizar las concentraciones o fusiones de empresas y hacer un seguimiento de las mismas.
  • Supervisar la conducta de las empresas que operan en los mercados regulados, tramitando y resolviendo, en su caso, procedimientos sancionadores por prácticas contrarias a la regulación de los sectores económicos.
  • Asesorar con recomendaciones no obligatorias al sector público antes de que apruebe las normas.
  • Promover los valores de la competencia y la regulación eficiente.
  • Contribuir a la garantía de la unidad de mercado, en su caso, mediante la presentación de un recurso contencioso-administrativo especial en defensa de dicha unidad de mercado.
  • Supervisar la aplicación de la normativa en los sectores energético, telecomunicaciones, audiovisual, postal y transportes.
  • Vigilar el buen funcionamiento y eliminar las trabas en el mercado interior a través de la Ley de Unidad de Mercado.
  • Supervisar las propuestas normativas que realizan los gobiernos para que cumplan los principios de competencia y de regulación eficiente, con capacidad para impugnar normas con rango inferior a la Ley.  

Por lo tanto, aunque todavía existen monopolios y oligopolios en España, cada vez están más vigiladas y controladas sus conductas, tanto por la CNMC como por la legislación comunitaria.

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Nota del editor: Este artículo fue publicado con anterioridad y actualizado a 2024 por su relevancia.