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IAE: ¿estoy obligado a pagar? Cómo calcular el Impuesto de Actividades Económicas

El 20 de noviembre finaliza el periodo de pago voluntario del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Descubre si estás obligado y cómo calcularlo.

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Conoce si estás obligado o no a pagar el IAE (Impuesto de Actividades Económicas), cuánto has de pagar en caso de estar obligado y qué modelos presentar a Hacienda.

  • La gestión del IAE se comparte entre diferentes administraciones
  • La mayoría de pymes y autónomos están exentos del IAE

El IAE (Impuesto de Actividades Económicas) se define por la ley que lo regula como “un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible está constituido por el mero ejercicio, en territorio nacional, de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado y se hallen o no especificadas en las tarifas del impuesto”.

En términos prácticos, sin embargo, no suele implicar grandes pagos, ya que muchos contribuyentes están exentos. Veamos cómo funciona el IAE (Impuesto de Actividades Económicas).

¡Comparte! Descubre las claves del IAE: quién está obligado a pagarlo, cuánto hay que pagar y qué modelos has de presentar.

El papel de las entidades locales

La participación de las entidades locales en el IAE da a este tributo unas características especiales. Tengamos en cuenta que los impuestos han de estar configurados en sus aspectos esenciales a través de una norma con rango de ley. Sin embargo, las entidades locales solo pueden aprobar normas de rango reglamentario.

La solución a esta situación pasa por la regulación de sus aspectos esenciales en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Además, un decreto legislativo estatal regula la tarifa del impuesto. No obstante, en cada municipio, las ordenanzas fiscales pueden establecer cierto desarrollo reglamentario, además del establecido en el propio reglamento del impuesto, de carácter estatal.

En particular, las principales reglas que puede introducir cada ayuntamiento son:

  • Determinadas bonificaciones son potestativas, de modo que solo se aplican si la ordenanza fiscal del municipio las recoge. No obstante, están recogidas en un catálogo de posibles bonificaciones reflejado en el artículo 88 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • El coeficiente de situación que puede aplicarse en función de la categoría de las calles.

El reparto de la gestión del IAE

Además, otra característica singular de este impuesto es que su gestión y otros trámites son en parte compartidos del siguiente modo:

  • La formación de la matrícula del impuesto, la calificación de las actividades económicas, el señalamiento de las cuotas correspondientes y, en general, la gestión censal del tributo se llevará a cabo por la Administración tributaria del Estado.
  • La notificación de estos actos puede ser practicada por los ayuntamientos o por la Administración del Estado, juntamente con la notificación de las liquidaciones conducentes a la determinación de las deudas tributarias.
  • Lo relacionado con cuotas municipales pueden delegarse en los ayuntamientos, diputaciones provinciales, cabildos o consejos insulares…
  • Los ayuntamientos se encargan de determinadas funciones relacionadas con la liquidación, recaudación y revisión de los actos de gestión.
  • En principio, de la inspección se encarga el Estado. No obstante, puede delegarla en los ayuntamientos, diputaciones provinciales, cabildos o consejos insulares y otras entidades locales que lo soliciten.
  • Las reclamaciones contra actos de gestión censal o de actos relacionados con cuotas liquidadas por delegación dictados por otras administraciones distintas de la estatal se interponen en los tribunales económico-administrativos del Estado.
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En el ámbito estatal los modelos 840 y 848 pueden presentarse presencial o telemáticamente.

¿Quién paga el IAE?

En principio, afecta a sujetos que ejercen una actividad empresarial, profesional o artística. La definición de este tipo de actividades es semejante a la del IRPF o el IVA. Se entiende que se están ejerciendo cuando supongan la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.

No obstante, hay una amplia lista de casos de exención o no sujeción. Entre ellos, se encuentra las personas físicas y los sujetos pasivos del impuesto sobre sociedades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros. Incluso, durante los dos primeros años tras el inicio de una actividad, todos los sujetos pasivos disfrutan de una exención.

Las personas físicas y los sujetos del impuesto sobre sociedades con menos de 1.000.000 de euros de facturación entre los exentos del IAE.

La tarifa del IAE

En la tarifa del IAE se hace una clasificación de actividades que está inspirada en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE). Encontramos, en ella, un desglose por secciones, divisiones, agrupaciones, grupos y epígrafes.

Para cada epígrafe o, en su caso, grupo, la tarifa va indicando las cuotas que corresponden en función de una cuota fija o de determinados elementos. Por ejemplo, puede señalar una cantidad en función del número de trabajadores, la energía eléctrica, las cabezas de ganado, etcétera. Además, en su caso, se señalan, junto a la estatal, las cuota mínima municipal y la cuota provincial.

 Cuánto se paga

Partiremos de las cuotas fijas en las tarifas o de multiplicar los elementos por el importe por elemento que establezca la tarifa y realizar la suma. El resultado no puede superar el 15% del beneficio medio presunto de la actividad gravada. Además, se tendrá en cuenta la superficie de los locales. A partir de ahí, aplicaremos, si procede, los siguientes coeficientes:

  • Un coeficiente de ponderación determinado en función del importe neto de la cifra de negocios. Va desde 1,29 a 1,35.
  • Sobre las cuotas calculadas una vez aplicado el coeficiente de ponderación, aplicamos el coeficiente de situación. Lo aprueban los ayuntamientos y permite que, si en un municipio hay calles de diferente categoría, se cobre más por IAE en aquellas calles de mayor categoría. Pueden establecerse de 2 a 9 categorías y, en función de ellas, el coeficiente puede ir desde 0,4 a 3,8.

Además, las diputaciones provinciales pueden aprobar un recargo provincial. Se aplica sobre las cuotas municipales y tiene un tipo máximo del 40 %.

Por otro lado, existe un conjunto de bonificaciones. Algunas son potestativas y el municipio puede adoptarlas o no. Otras son obligatorias y comunes para todo el país.

Los modelos del IAE

Entre los modelos que pueden tener que presentarse por este impuesto, encontramos los siguientes:

  • El modelo 840 sirve para el alta, la baja y la modificación de datos. Con los datos correspondientes en orden será la propia Administración la que nos efectúe la liquidación.
  • No obstante, la gestión de la cuota municipal del impuesto puede cederse, normalmente a los ayuntamientos. En ese caso, las entidades locales correspondientes pueden aprobar un modelo de autoliquidación. De este modo, declaración, liquidación y pago irían conjuntamente.
  • El modelo 848 es el que se utiliza para informar del importe neto de la cifra de negocios.

Dónde se presentan las declaraciones

Dependiendo de los casos, presentaremos la declaración de la siguiente forma:

  • La cuota municipal puede delegarse, lo que supondrá que normalmente se gestione en el ayuntamiento correspondiente. Puede delegarse también en diputaciones provinciales, cabildos o consejos insulares…
  • En los demás casos, se presentará en la Agencia Tributaria.
  • Cuando se trate de declaraciones de variación por variación de la clase de cuota municipal, provincial o nacional, puede que tengamos que presentar la declaración en dos oficinas: una donde presentamos la declaración que se modifica y otra donde haya que presentar la nueva declaración.

Como vemos, el IAE tiene una doble importancia. Por un lado, es una fuente de información censal. Por otro, algunas empresas tienen que satisfacer su pago.

Nota del editor: Este artículo fue publicado por primera vez en 2018 y actualizado en 2023 por su relevancia.