Adaptación del uso de cookies a las Directrices 05/2020 sobre consentimiento
¿A qué afecta? Al uso de cookies excepto aquellas con la finalidad de permitir únicamente la comunicación entre el equipo del usuario y la red y estrictamente prestar un servicio expresamente solicitado por el usuario. ¿A quién afecta? A las empresas que obtienen datos de cualquier equipo terminal destinatario del servicio a través de dispositivos […]
Obligaciones legales de las empresas
Transparencia en el uso de cookies
La información sobre las cookies facilitada en el momento de solicitar el consentimiento debe ser suficientemente completa para permitir a los usuarios entender sus finalidades y el uso que se les dará. La información ha de dirigirse directamente al usuario para que pueda expresar su consentimiento o su rechazo. Ha de tenerse en cuenta:- ¿Qué información debe facilitarse al usuario?
- Definición y función genérica de las cookies
- Información sobre el tipo de cookies que se utilizan y su finalidad
- Identificación de quién utiliza las cookies
- Información sobre la forma de aceptar, denegar o revocar el consentimiento para el uso de cookies
- Información sobre las transferencias de datos a terceros países realizadas por el editor, en su caso
- Cuando la elaboración de perfiles implique la toma de decisiones automatizadas con efectos jurídicos para el usuario o que le afecten significativamente de modo similar, será necesario que se informe sobre la lógica utilizada, así como la importancia y las consecuencias previstas de dicho tratamiento para el usuario en los términos establecidos en el artículo 13.2 f) del RGPD22
- Periodo de conservación de los datos para los diferentes fines en los términos establecidos en el artículo 13.2 a) del RGPD
- En relación con el resto de información exigida por el artículo 13 del RGPD que no se refiera de forma específica a las cookies (por ejemplo, los derechos de los interesados), el editor podrá remitirse a la política de privacidad.
- ¿Cómo debe mostrarse esa información?
- Requisitos de la información
- Concisa, transparente e inteligible.
- Lenguaje claro y sencillo, evitando el uso de frases que induzcan a confusión o desvirtúen la claridad del mensaje.
- Fácil acceso a la información.
- Información por capas. En una primera capa la información esencial y en una segunda una página que ofrezca información más detallada y específica sobre cookies.
- Otras formas de mostrar la información.
- Requisitos de la información
Consentimiento para el uso de cookies no exceptuadas
El consentimiento es la base legal para el cumplimiento de la normativa. Medios para la obtención del consentimiento- Mediante fórmulas expresas como haciendo clic en un apartado que indique “consiento”, “acepto” u otros términos generales.
- Mediante una inequívoca acción realizada por el usuario cuando al usuario se le haya facilitado información clara y accesible sobre las finalidades de las cookies y de si van a ser utilizadas por el mismo editor y/o por terceros, de forma que quepa entender que el usuario acepta que se instalen cookies.
- Las modalidades de prestación pueden ser variadas.
- El usuario ha de haber realizado una clara acción afirmativa.
- Para el usuario ha de ser evidente qué acción concreta suya acepta la utilización de las cookies:
- El uso de un botón del tipo “Aceptar” se considerará información suficiente, sin necesidad de aclarar que pulsando “Aceptar” se aceptan las mismas.
- Acciones complejas o menos obvias deberán explicarse al usuario.
- Seguir navegando no es una forma válida de prestar el consentimiento.
- Cuando la información se presenta por capas, la consulta a la segunda capa informativa o la navegación necesaria para que el usuario gestione sus preferencias en relación con las cookies no es una conducta activa de la que pueda derivarse la aceptación de las mismas.
- El usuario, en todo caso, podrá negarse a aceptarlas.
- La información que se otorgue al usuario para que pueda consentir la utilización de las cookies debe encontrarse separada de la información que se le ofrezca sobre otros asuntos.
- La aceptación de los términos o condiciones de uso de la página web o servicio se separe de la aceptación de la política de privacidad o cookies.
- Cuando sea necesario el consentimiento explícito de los interesados (artículos 9.2 a), 22.2 c) y 49.1 a) del RGPD), el consentimiento solo podrá obtenerse mediante botones de aceptación, siempre que incluya una leyenda específica con el término “consiento” y se facilite información completa sobre las categorías especiales de datos respecto de las que se consienten, las decisiones individuales automatizadas o las transferencias a terceros países, según el caso.
- Para el usuario ha de ser evidente qué acción concreta suya acepta la utilización de las cookies:
- Al solicitar el alta en un servicio. Cuando el usuario solicita el alta en un servicio, siempre que este consentimiento esté separado y no se agrupe con la aceptación de los términos y condiciones de uso de la página web, de su política de privacidad o de las condiciones generales del servicio.
- Durante el proceso de configuración del funcionamiento de la página web o aplicación.
- A través de plataformas de gestión del consentimiento (consent management platform o CMP). En el Anexo de la guía se relacionan los requisitos y garantías que han de cumplir los CMP.
- Antes del momento en que se vaya a descargar un servicio o aplicación ofrecido, por ejemplo, en la página web cuando las cookies que se pretenden utilizar no son necesarias para el funcionamiento del servicio o de la aplicación.
- A través del formato de información por capas. La primera capa, que contiene la información esencial, debe incluir también la petición del consentimiento para la utilización de las En los terminales de pantalla reducida se podrá adecuar el tamaño y el contenido de primera capa a las dimensiones de esta.
- A través de la configuración del navegador si ésta permite a los usuarios manifestar su conformidad con la utilización de las cookies según lo dispuesto en el RGPD y teniendo en cuenta lo dictaminado por el CEPD, en sus directrices sobre el consentimiento, esto es, el consentimiento debería ser separado para cada uno de los fines previstos y la información que se facilita debería identificar a los responsables del tratamiento. A efectos de esta identificación, no será necesaria la denominación social completa, sino que será suficiente incluir la marca o nombre con el que el responsable se identifique de cara al público.
- En el caso de sitios web o servicios en línea específicamente dirigidos a menores (personas menores de 14 años), ha de tenerse en cuenta:
- La sencillez y claridad del lenguaje empleado ha de ser mayor.
- El responsable del tratamiento hará esfuerzos razonables para verificar que el consentimiento para el tratamiento de datos personales fue dado por el titular de la patria potestad o tutela, teniendo en cuenta la tecnología disponible y las circunstancias del tratamiento.
- Considerar el nivel de riesgo asociado a la utilización de las cookies a la hora de establecer las medidas para verificar el consentimiento dado o autorizado por el titular de la patria potestad o tutela.
- Atenerse al principio de minimización de datos.
- A falta de análisis de riesgos, adoptar cautelas adicionales para verificar que el consentimiento fue dado o autorizado cuando el uso de los datos tenga por objeto recordar determinada información del usuario o su terminal para alterar automáticamente determinados aspectos de la navegación y personalizar su experiencia sin que llegue a elaborarse un perfil del menor.
- Detectar incidencias que lleven a la conclusión de que los datos introducidos no son correctos para, en tal caso, evitar la utilización de cookies hasta obtener el consentimiento del Utilizar por parte de los editores, cualesquiera fórmulas de verificación que sean razonables para verificar que el titular de la patria potestad o tutela es quien presta el consentimiento y no el menor de catorce años (por ejemplo, preguntas o captchas).
- Abstenerse de elaborar perfiles sobre los niños con fines de mercadotecnia, dado que los niños representan un grupo más vulnerable de la sociedad. Cuando el consentimiento no se preste por los padres o tutor por tener el usuario más de 14 años, se recomienda a los editores abstenerse de utilizar cookies de publicidad comportamental en las webs dirigidas a menores o cuya audiencia esté compuesta mayoritariamente de menores.
- Solicitar información adicional sobre los padres o tutores (por ejemplo, nombre y apellidos, una dirección de email con la finalidad anteriormente descrita, o una copia del documento nacional de identidad o documento equivalente) o pedir a estos que suscriban una declaración de consentimiento en caso que el consentimiento para el uso de cookies se obtuviese durante el proceso de alta en un servicio, o en el contexto de otro proceso en el que se soliciten datos personales a los menores, como pueden ser el nombre y apellidos, una dirección de email u otros datos de contacto.
- cuáles son las páginas web o dominios de su titularidad desde los que se van a enviar las cookies,
- el tipo de cookies, y
- las finalidades para la que se tratan y se recaba el consentimiento del usuario.
- La validez del consentimiento para el uso de una determinada cookie no tenga una duración superior a 24 meses.
- Conservar la selección realizada por el usuario sobre sus preferencias durante el tiempo que dure la validez del consentimiento, sin que se le solicite un nuevo consentimiento cada vez que visite la página en cuestión.
- Facilitar información a los usuarios en su política de cookies sobre cómo pueden retirar el consentimiento y eliminarlas.
- Ofrecer la retirada del consentimiento ha de ser tan fácil como el utilizado cuando se prestó. Se considerará que esa facilidad existe, por ejemplo, cuando el usuario tenga acceso sencillo y permanente al sistema de gestión o configuración de las mismas.
Responsabilidad de las partes en la utilización de cookies
Los sujetos que participan en la utilización de las cookies han de colaborar para asegurar el cumplimiento de las exigencias legales establecidas (la LSSI no define quién es el responsable de cumplir con la obligación de facilitar información sobre las cookies y obtener el consentimiento para su uso). En función de la finalidad para la que se tratan los datos que se obtienen a través de la utilización de las cookies, en la gestión de las cookies y en el tratamiento de los datos obtenidos se distinguen dos situaciones:- El editor o los terceros utilizan las cookies para finalidades exceptuadas de las obligaciones de informar y de obtener el consentimiento
- El editor o los terceros utilizan las cookies para finalidades no exceptuadas de las obligaciones de informar y obtener el consentimiento
- Garantizar que los usuarios están claramente informados acerca de las mismas.
- Informar acerca de las finalidades de su uso.
- Obtener el preceptivo consentimiento.
- Asegurar que los interesados reciben la información necesaria.
- Asegurar que están habilitados los mecanismos que permitan su consentimiento, por ejemplo, a través de obligaciones o garantías contractuales que obliguen al tercero titular de las cookies o a través de la instalación de plataformas para la gestión del consentimiento:
- Cuando la información sobre las cookies de terceros se ofrezca a través de un enlace a la página web del tercero, el editor tendrá que asegurarse que los enlaces no estén rotos.
- El tercero ha de velar por que la información no sea obsoleta y que esta se ofrezca también en castellano o en la lengua cooficial utilizada en el sitio web del editor.
- Una o varias cláusulas en las que se asegure que se ofrecerá a los usuarios la información requerida y que se articulará la forma a través de la cual se pueda obtener un consentimiento válido para la utilización de las cookies y para su revocación.
- Las consecuencias de la revocación del consentimiento para el editor y, especialmente, para los terceros que lo obtuvieron a través del editor.
- utilicen cookies propias y cuando,
- utilizando cookies de terceros, participen en la determinación de los fines y medios del tratamiento, aunque este se realice a través de un encargado del tratamiento, como por ejemplo cuando un anunciante contrata a una agencia de medios para que realice los tratamientos bajo su dirección y de acuerdo con sus instrucciones.
Recomendaciones
– Informar, al menos con carácter genérico, por razones de transparencia, de aquellas cookies excluidas del ámbito de aplicación del artículo 22.2 de la LSSI, ya sea en la política de cookies o en la propia política de privacidad (ejemplo: “Este sitio web utiliza cookies que permiten el funcionamiento y la prestación de los servicios ofrecidos en el mismo”). – Utilizar una cookie por cada finalidad cuando se utilicen cookie polivalentes con dos o más finalidades diferentes y no exceptuadas del ámbito de aplicación del 22.2 de la LSSI para garantizar que se utilizan si se aceptan todas las finalidades que agrupan. Como ejemplo, si una cookie sirve para dos finalidades, pero el usuario solo acepta una de ellas, la cookie no debería utilizarse, y ello salvo que el sistema de gestión utilizado permita dar un tratamiento diferenciado a las distintas finalidades de estas cookies polivalentes, de forma que sea posible que, si el usuario acepta una de sus finalidades y no otras, la cookie solo opere con la finalidad aceptada.Cookies excluidas del ámbito de aplicación del artículo 22.2 LSSI
Para las cuales no es necesario informar ni obtener el consentimiento sobre su uso según el Dictamen 4/201210 del GT29:- Cookies de “entrada del usuario”.
- Cookies de autenticación o identificación de usuario (únicamente de sesión).
- Cookies de seguridad del usuario.
- Cookies de sesión de reproductor multimedia.
- Cookies de sesión para equilibrar la carga.
- Cookies de personalización de la interfaz de usuario.
- Determinadas cookies de complemento (plug-in) para intercambiar contenidos sociales.
Procedimiento para el cumplimiento de las nuevas Directrices
- Revisar las cookies, bien internamente, bien con el asesoramiento de asociaciones o entidades especializadas para identificar las cookies que se están utilizando:
- Tipos de cookies que se usan:
- ¿Son cookies propias o de terceros?
- ¿Son de sesión o persistentes?
- Identificar la función de cada cookie.
- Determinar si se encuentran o no en el ámbito de aplicación del artículo 22.2. de la LSSI.
- Cumplir con la obligación de transparencia y obtención del consentimiento cuando las cookies se encuentren dentro del ámbito de aplicación del artículo 22.2 de la LSSI.
- Realizar periódicamente la revisión con el fin de actualizar la información disponible sobre las cookies dados los posibles cambios que se pueden producir en la gestión y uso de las
- Estudiar por parte de las entidades intervinientes, las soluciones más apropiadas para dar cumplimiento a las obligaciones de acuerdo con la naturaleza de su actividad, el modelo de negocio que desarrollan y el alcance de su responsabilidad. Las soluciones han de ser reconocidas por la mayoría de los navegadores.