¿A qué afecta? A la cotización y afiliación. ¿A quién afecta? A empresas y autónomos ¿Cómo afecta? PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE EXONERACIONES RDL 02/2021 Se publica el procedimiento que han de seguir las empresas para que TGSS aplique las exoneraciones en las cuotas a la seguridad social respecto de los trabajadores incluidos en ERTE […]
¿A qué afecta?
A la cotización y afiliación.
¿A quién afecta?
A empresas y autónomos
¿Cómo afecta?PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE EXONERACIONES RDL 02/2021
Se publica el procedimiento que han de seguir las empresas para que TGSS aplique las exoneraciones en las cuotas a la seguridad social respecto de los trabajadores incluidos en ERTE derivados de COVID 19 en el período 01/02/2021 a 31/05/2021.
Como hasta ahora, las empresas, antes de la presentación de la liquidación de cuotas, han de presentar por medio del Sistema RED, por CCC en el que figuran de alta trabajadores para los que se insta la aplicación de las exoneraciones, una declaración responsable e identificar en afiliación, mediante la comunicación del valor correspondiente del campo Tipo de Inactividad, a los trabajadores y situaciones de suspensión de contrato o reducción de jornada.
Como novedad, respecto a las instrucciones publicadas para el RDL 30/2020, para los ERTE que se formalicen entre el 1/2/2021 y el 31/05/2021 correspondientes a ERTE por impedimento, limitación, ETOP tras fuerza mayor CNAE y ETOP tras fuerza mayor cadena de valor, se establecen nuevas causas de peculiaridad de cotización y nuevos valores del campo tipo de inactividad:
CPC 077 –ERTE ETOP > FM CADENA VALOR DA1º 2.d) RDL2/2021
I7: SUSP.ERTE ETOP>FM CAD VALOR RDL2/2021
I8: REDUC.ERTE ETOP>FM CAD VALOR RDL2/2021
I9: TRAB.ACT.TOT.ETOP>FM CAD VALOR RDL2/21
J1: TRAB.ACT.PARC.ETOP>FM CAD VALOR RDL2/21
J2: T.SUS.TOT> I9J1 ETOP>FM CAD VAL RDL2/21
J3: T.SUS.PAR> I9J1 ETOP>FM CAD VAL RDL2/21
Para los ERTE vigentes, identificados a través de las CPC 062,067,068,069,070,071,072,073, la anotación de la inactividad es con los mismos valores que los publicados en BNR 19/2020.
El BNR incluye además otras novedades, a destacar las siguientes:
– Reclamación deuda por diferencias de bases de cotización.
TGSS por medio del inicio de generación automática de una liquidación L90 notificará reclamación, mediante el procedimiento establecido con carácter general, con el recargo del 20%, en supuestos en los que detecte diferencias entre la base de cotización aplicada en las liquidaciones de cuotas ordinarias y la que debería haberse incluido.
Remitirá al autorizado un fichero de respuesta (Fichero RES) a través del cual se le informará de la generación de la liquidación deudora y el boletín de ingreso TC1/31 para que se realice el ingreso en la cuenta bancaria que se indica en dicho boletín y no se emitirá RNT y RLC. .
– Remisión electrónica mediante SistemaRED.
Obligatoria para el reconocimiento automático de la prestación de nacimiento y cuidado del menor y otras prestaciones a corto plazo, desde Servicios RED online el usuario puede descargarse las respuestas ante el envío de ficheros independientemente de que el destinatario inicial fuera él mismo o cualquier otro de la autorización (principal o secundario).
Por medio de esta funcionalidad el usuario secundario podrá descargarse los FIE remitidos al usuario principal.
¿Desde cuándo?
12/02/2021
Ley: RDL 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo
URL :http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/5300/7855/12dcd07e-d400-4fbf-a59e-605325bad60d/bnr22021#BNR22021