Finanzas

El modelo 720 sobre la declaración de bienes en el extranjero, a fondo

Impuestos

A partir de este ejercicio, tenemos una obligación fiscal más para cumplir por parte de los contribuyentes, personas físicas y entidades residentes en España que es el modelo 720, declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

Esta declaración tiene como finalidad identificar tres bloques patrimoniales situados en el extranjero siempre y cuando el importe o valor de cada uno de los bloques supere los 50.000 euros. Los bienes y derechos que se tienen que declarar son:

  • Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
  • Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.
  • Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.

El alcance de la obligación de declarar, más allá de la propia titularidad

Además de las restricciones de importe en el límite de 50.000 euros, se busca la declaración de apoderados, representantes, entidades fiduciarias o sistemas legales que nos permitan tener la libre disposición de dichos bienes y derechos pero que no seamos titulares reales de los mismos.

Esta declaración tiene una serie de excepciones en las cuantías a declarar, fundamentalmente en aquellos contribuyentes que tengan la obligación de llevar contabilidad conforme las leyes vigentes y tengan perfectamente individualizadas e identificados dichos bienes y derechos en los libros contables.

Los plazos de presentación de la declaración 720

La declaración 720 se presenta con carácter anual, finalizando el plazo de declaración para este primer ejercicio el 30 de abril. A partir del próximo ejercicio, sólo tendrán que presentar esta declaración informativa aquellos contribuyentes que tengan valores por encima de 50.000 euros en el extranjero o bien, los contribuyentes que ya han presentado previamente esta declaración, tengan alteraciones patrimoniales al alza a partir de 20.000 euros

Por ejemplo, si yo he notificado en esta primera declaración una cuenta corriente situada en el extranjero con un saldo de 60.000 euros, tendré que volver a presentar esta declaración si dicho saldo se ha incrementado en más de 20.000 euros durante el ejercicio.

El incremento de valores, se cuantifica de manera individualizada por cada uno de los apartados de la declaración, bien en cuentas bancarias, bien en otros activos financieros o bien en la alteración de los valores de los bienes inmuebles.

No cumplir con la declaración 720 sale muy caro

Si hay un punto que llama la atención de esta declaración, es el baremo sancionador que se ha puesto en marcha. La sanción mínima por falta de presentación del modelo 720 es de 10.000 euros, alcanzando los 30.000 euros si tenemos la obligación de cumplimentar derechos patrimoniales dentro de los tres bloques de información.

Este procedimiento sancionador es extensible a la cumplimentación de datos erróneos, falsos o incompletos, baremando la sanción en este caso, de 5.000 a 15.000 euros por registro falso o inexacto que se declare. Como vemos, cumplir con esta obligación de información es realmente importante, dado que las consecuencias negativas son de una cuantía muy importante.

El software de gestión profesional Sage Despachos Connected permite resolver las necesidades de los despachos profesionales más exigentes e incluye una nueva funcionalidad para gestionar y declarar el modelo 720, el cual se presenta con carácter anual, finalizando el plazo de declaración para este primer ejercicio el 30 de abril.