Estrategia y Gestión
¿Qué gastos son deducibles en el Modelo 130?

La RAE lo explica a la perfección, un gasto deducible es aquel que te permite restar una pequeña cantidad de lo que a final de cuentas tendrás que pagar a Hacienda.
La Agencia Tributaria, por su parte, nos explica que para que un gasto sea deducible debe ser “afecto a la actividad econónomica”, es decir, tiene que estar realmente vinculado a ella.
Además, para un autónomo es imprescindible:
- Poder justificar cualquier gasto deducible mediante factura.
- Que cualquier gasto deducible esté reflejado en sus libros de cuentas, concretamente en el de Gastos e Inversiones.
La pregunta clave es: ¿qué gastos son deducibles del Modelo 130?
- Consumos de explotación. Aquí se incluyen los combustibles, material de oficina, materias primas y auxiliares…
- Sueldos y salarios. También pagas extraordinarias, retribuciones en especia y premios.
- Seguridad Social. Incluye aquí tanto las cotizaciones de terceros, como las tuyas propias.
- Otros gastos de personal. En esta partida entran los pagos derivados de formación, indemnizaciones por rescisión de contrato, contribuciones al plan de pensiones, seguros y obsequios.
- Arrendamientos. En este apartado puedes desgravar las mensualidades de alquiler de local, de un coche de leasing o renting y los cánones. Pero no te aceptarán los derivados de activos no amortizables, es decir, los de vida útil indeterminada como, por ejemplo, un solar.
- Reparaciones y conservación. Se consideran deducibles en el modelo 130 los gastos de derivados de operaciones de mantenimiento y reposición de tus bienes materiales. Pero no si suponen una ampliación o mejora.
- Servicios de profesionales independientes. Abogados, auditores, notarios y no olvides las comisiones de comerciales.
- Tributos fiscalmente deducibles. No todos los impuestos que pagas te permiten descontar algo en la declaración, pero sí algunos como el IBI, el IAE o la tasa de basuras.
- IVA. Sólo te lo podrás desgravar si tu actividad profesional te exime de presentar declaraciones trimestrales.
- Gastos financieros. Aquí la AEAT hace referencia a los intereses de préstamos y créditos que hayas pedido para poner en marcha o mantener tu negocio.
- Amortizaciones. Se definen como el importe que puedes desgravar por el deterioro o la depreciación de los bienes que adquieres para desempeñar tu actividad profesional. Se calculan en base a unas tablas.
- Gastos de difícil justificación. En estimación directa simplificada se desgrava un 5% de la diferencia entre ingresos y gastos.
- Otros gastos deducibles. En este ‘cajón de sastre’ podemos encontrar desde adquisición de libros, suscripciones a revistas profesionales y gastos de asistencia a eventos; hasta cuotas de asociaciones empresariales y primas de seguros de enfermedad satisfechas por el autónomo para él, su cónyuge o hijos menores de 25 que convivan en el domicilio familiar, con un máximo de 500 euros por persona.
La mejor manera de tener controlada toda esta información de cara a preparar tu Modelo 130 es utilizar una solución de contabilidad y facturación.
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