Estrategia y Gestión

Diferencias entre un trabajador por cuenta ajena y por cuenta propia

¿Quieres saber cuáles son las principales diferencias entre un autónomo y un trabajador por cuenta ajena? ¡Te lo explicamos en este post!

Sage

Conoce las diferencias entre un trabajador por cuenta ajena y uno por cuenta propia a la hora de cotizar, trabajar y responder ante la Administración Pública.

  • Te explicamos las diferencias entre asalariados y autónomos, así como los tipos de trabajador por cuenta ajena que existen.
  • Tener un contrato de trabajo por cuenta ajena y ejercer otras actividades económicas por cuenta propia es compatible.

Todos nos hacemos una idea general de las diferencias entre un autónomo y un trabajador por cuenta ajena. Pero, ¿en qué difieren sus respectivos regímenes de aportación a la Seguridad Social? ¿Cómo declaran sus ingresos uno y otro? ¿De qué forma organizan su trabajo? En este post, te damos todas las claves que diferencian a estos dos profesionales.

¿Qué es un trabajador por cuenta ajena?

Mientras que el autónomo, por norma general, no tiene sujeción a contrato de trabajo, el trabajador por cuenta ajena trabaja con contrato y bajo las directrices de una empresa. Entre los principales rasgos que definen al trabajador por cuenta ajena se encuentran los siguientes:

  • Está sujeto a horarios, descansos y lugar de trabajo determinados por la dirección de la empresa, independientemente de que hayan trabajado de forma ocasional o esporádica.
  • Depende al 100% de su empleador, de manera que es este último quien le proporciona los medios para llevar a cabo sus actividades.
  • No participa ni de los beneficios ni de los riesgos de la actividad de la empresa, de manera que percibe el salario pactado previamente.

¿Qué es un trabajador por cuenta propia?

Tal y como lo define la Seguridad Social, un trabajador por cuenta propia (también conocido como autónomo) es la persona física que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad profesional con fines lucrativos.

Entre sus características principales se encuentran las siguientes:

  • El autónomo puede utilizar, de manera eventual, el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de empresa individual o familiar, lo que puede llevar a confusión con respecto al empresario individual. En principio, ostenta la titularidad de un establecimiento abierto al público, ya sea como propietario o inquilino del local.
  • Su responsabilidad es ilimitada, por lo que responde de sus actividades profesionales con todos sus bienes, de manera que la línea que separa su patrimonio personal y empresarial se disipa.
  • A diferencia del trabajador por cuenta ajena, no está sujeto a contrato de trabajo.

Tipos de autónomo en España

Existen factores relacionados con el tipo de actividad, gestión o cotización de los autónomos que dan lugar a diferentes tipos de trabajadores por cuenta propia.

1. Autónomos

Estos profesionales gestionan un pequeño negocio físico o trabajan en actividades profesionales sujetas a IAE. Los pertenecientes a este grupo cotizan por módulos.

2. Profesionales liberales

Aquí incluimos a profesionales colegiados, como médicos, abogados o psicólogos; y no colegiados, como redactores o programadores. Estos retienen el IRPF de sus facturas. Eso sí, generalmente lo hacen en caso de que el destinatario de dichas facturas sea persona jurídica.

3. Autónomos societarios

Desde el momento en el que el profesional se constituye en sociedad mercantil, pasa a convertirse en autónomo societario. Y debe darse de alta como tal cuando tenga el control efectivo de la sociedad y/o realice funciones dentro de esta.

A diferencia de otros autónomos, los societarios tienen responsabilidad limitada, de manera que no responden de sus propios bienes en caso de deuda. No obstante, su base de cotización es más alta que la de los autónomos “persona física”.

4. Autónomos TRADE o económicamente dependientes

Los autónomos económicamente dependientes son aquellos cuyo volumen de facturación depende, al menos, en un 75%, de un solo cliente. Se trata de una modalidad que ha dado lugar a situaciones controvertidas que a todos nos sonarán.

Es el caso de los “falsos autónomos”, una figura a la que algunas empresas acuden para evitar gastos de seguro social.

5. Otros autónomos

Además de los mencionados trabajadores por cuenta propia, existen otros, como los siguientes:

  • Autónomos en régimen colaborativo: Trabajan de forma habitual con familiares directos. Su principal característica es que no declaran el IVA ni el pago fraccionado del IRPF.
  • Autónomos en régimen agrario: Estos profesionales trabajan en el sector agrícola y cotizan en un sistema específico (SETA).
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Una de las claves que diferencian a un autónomo de un trabajador por cuenta ajena es la forma de cotización.

¿Cómo aportan a la Seguridad social los autónomos y los trabajadores por cuenta ajena?

Como ya hemos adelantado, una de las diferencias más conocidas entre autónomos y asalariados es cómo cotizan a la Seguridad Social.

Trabajador por cuenta ajena, ¿cómo cotiza?

Los trabajadores por cuenta ajena aportan, junto con la empresa, la base de cotización. Por supuesto, esta varía en función del salario, e incluye diferentes conceptos, como contingencias comunes, horas extraordinarias, maternidad, accidentes laborales, etc.

Autónomos, ¿cómo cotizan?

Los trabajadores por cuenta propia cotizan en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), cuya cuota a la Seguridad Social solo la abona el propio trabajador.

En 2023 se ha activado un nuevo sistema de cotizaciones para estos profesionales.

Este nuevo sistema cuenta con 15 tramos en función de los rendimientos netos del trabajador. Es decir, dependiendo de los ingresos que tenga un autónomo, pagará una cuota u otra.

Además, estas bases y cuotas irán variando en los próximos años, de manera que en 2024 y en 2025 los autónomos que menos cobren vayan pagando una cuota menor y los que más ingresen tengan una cuantía mayor que pagar cada mes.

Tabla de cotizaciones y cuota de los autónomos actualmente

En el siguiente cuadro podemos ver todos los tramos de los ingresos netos, así como las bases de cotización y las cuotas mensuales que deben pagar según el tramo que le corresponda.

Como aparece en la tabla, un autónomo que actualmente tenga unos ingresos de 1.400 euros al mes, este año pagará un mínimo de 294€ euros mensuales y su base mínima de cotización será de 960,78.

¿Cómo funciona este nuevo sistema?

Cada trabajador por cuenta propia debe calcular los ingresos que tendrá cada mes y comunicarlo a la Seguridad Social para ubicarle en el tramo que le corresponda.

Cada dos meses, el autónomo puede modificar sus rendimientos estimados. Esta gestión se puede hacer de manera telemática a través de la web de la Seguridad Social.

Con el fin de facilitar a los autónomos esta tarea, la Seguridad Social ha activado un simulador en su página web oficial.

Las estimaciones presentadas serán cotejadas después con los ingresos reales obtenidos, a partir de los datos presentados por estos profesionales a la Agencia Tributaria. En el caso de que el autónomo haya pagado de más, la Seguridad Social devolverá la diferencia. Y, del mismo modo, si el autónomo estimó menos ingresos de los que ha tenido, tendrá que ajustar esa diferencia.

¿Se puede trabajar como autónomo y por cuenta ajena al mismo tiempo?

Tener un contrato de trabajo por cuenta ajena y ejercer otras actividades económicas por cuenta propia es compatible. Esta situación laboral se conoce como pluriactividad.

El “pluriactivo”, al mismo tiempo y de forma continuada, desarrolla actividades por cuenta ajena, debiendo estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad social, pero también por cuenta propia, por lo que ha de darse de alta en el RETA.

No debemos confundir la pluriactividad con el pluriempleo. En la primera, el profesional está dado de alta en el Régimen General y el RETA al mismo tiempo. En cambio, cuando hablamos de pluriempleo, la persona trabajadora realiza actividades para dos o más empresas a la vez, pero se mantiene en un solo régimen: el General de la Seguridad Social.

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Nota del editor: Este artículo fue publicado con anterioridad y actualizado a 2023 por su relevancia.