Finanzas

Subida del IVA: devoluciones y modelo 303

sage

En las empresas ya nos encontramos con la subida del IVA a toda marcha, tanto para nuestras compras como para nuestras ventas y este cambio legal en la imposición del IVA crea algunas situaciones con muchas dudas tanto para empresas como consumidores y usuarios.

La aplicación normal del IVA no suscita dudas de entrada, salvo que tengamos supuestos concretos en los que existen los dos tipos de IVA en simultáneo. Tener una situación con el tipo anterior de IVA al 16% y realizar un devolución de una compra con el IVA al 18% crea bastantes dudas, sobre todo para los clientes.

Devoluciones de compras anteriores a la subida del IVA

Este fin de semana he asistido a una devolución de un artículo comprado en junio, con el IVA al 16%. El cliente que compró este electrodoméstico, aseguraba que en la devolución se le tenía que aplicar el tipo nuevo de IVA, es decir, el 18%.

Este planteamiento es ilógico, dado que si fuese así, el cliente ganaría dinero sólo con el IVA. ¿Qué tipo es el correcto? En este caso, no hay duda. Una factura rectificativa, que es el documento que se entrega al materializar la devolución, toma el tipo de IVA vigente que tuviera el devengo de la factura que estábamos rectificando.

A efectos prácticos, esto significa que si me devuelven una venta con el IVA al 16% o al 7%, yo haré una factura rectificativa con los tipos de IVA que se aplicaron en origen, aunque la rectificación se emita después del 1 de julio.

El modelo 303 en la subida del IVA

El mismo ejemplo que acabamos de citar, va a generar durante los próximos meses que coexistan los tipos de IVA antiguos y nuevos. Para las declaraciones trimestrales de IVA, la Agencia Tributaria no va a modificar el formato del modelo 303, documento para declarar trimestral o mensualmente las cuotas de IVA soportadas y devengadas. ¿Cómo se cumplimenta el modelo 303 con la subida del IVA?

Con esta mezcla de tipos de IVA, la solución que propone la Agencia Tributaria es realizar un cálculo de los tipos medios efectivos de IVA que cada empresa ha repercutido. Imaginemos una empresa con las siguientes operaciones en ventas:
En el ejemplo que cito, tenemos operaciones de rectificación al 16%. Si yo tengo que presentar el modelo 303 con esas operaciones, el tipo medio de IVA que tengo que consignar es el 18,18%, calculado como porcentaje promedio de las bases y cuotas devengadas.
El porcentaje ponderado de tipo de IVA se redondeará a dos decimales siempre, sea cual sea el resultado. Esta situación de tipos de IVA ponderados se mantendrá durante los próximos trimestres y sólo se ha contemplado por parte de la AEAT diseñar un nuevo resumen anual de operaciones, el modelo 390.

Os recomiendo que comprobéis si vuestro software de gestión está preparado para realizar él mismo estos cálculos ponderados. Con un par de registros, realizar estas operaciones es sencillo, pero con unas miles de líneas de IVA, el cálculo puede ser sumamente farragoso.