Estrategia y Gestión

¿Puede un autónomo contratar a un becario?

Muchos son los jóvenes que buscan aprovechar el verano para tener su primer contacto con el mundo laboral y hacer prácticas.

  • Si somos autónomos, tenemos la posibilidad de incluir a alguien joven en la plantilla al que formar y que nos eche una mano.
  • Es imprescindible conocer el convenio que nos rige para saber aspectos como la jornada, tiempo máximo, duración, etcétera, de la beca.

Una de las cuestiones que es posible plantearse es si los trabajadores autónomos pueden contratar a otras personas. La respuesta es sí: un autónomo puede tener empleados en su negocio o incluso contratar a otros autónomos para que le den servicio. Si bien es cierto que, según el tipo de persona que se contrate, varían las características del contrato de trabajo existente.

Por ejemplo, ¿puede un autónomo contratar a un becario? Muchos son los jóvenes que buscan aprovechar los meses de verano para tener un primer contacto con el mundo laboral y hacer prácticas. Una gran oportunidad para ambas partes. Sea como fuere, si somos autónomos y decidimos contratar a un becario, que no sea por contratar mano de obra más barata. Hay que armarse de paciencia y ganas de enseñar, y seguro que tendremos la posibilidad de pulir un bonito diamante en bruto.

El poder de contratación del autónomo

Contratar a otros autónomos, familiares, etc. sí es posible mediante un contrato laboral. A aquellos autónomos que contratan trabajadores a su disposición se les denomina autónomos empleadores.

En caso de querer contratar, debemos darnos de alta como empresarios. Con esto se consigue que nos asignen un Código de Cuenta de Cotización (CCC), que es el Número de Afiliación a la Seguridad Social con el que podremos dar de alta a los trabajadores en la Seguridad Social.

¿Cómo puedo contratar becarios?

El verano puede resultar la época perfecta para contratar becarios. El incremento de la ausencia de personal en sus puestos y la mayor disponibilidad horaria de los jóvenes al haber acabado sus cursos hacen de estos meses una época propicia para contratarles.

Antes de profundizar, no debemos confundir becarios con contratos en práctica o en formación y aprendizaje. Una beca es a través de un Convenio de Cooperación Educativa con una Universidad o Escuela. Son prácticas no laborales, y por eso van en un Código de Cuenta de Cotización diferente a las otras modalidades.

Lo primero que tenemos que hacer es firmar un Convenio con una escuela o universidad que imparta los estudios que requiere el perfil profesional de la vacante: ingenieros, administrativos, enfermeros, periodistas… Generalmente, este proceso de suscripción al Convenio suele ser gratuito.

Posibilidades siempre hay muchas. Por ejemplo, si no tenemos Convenio con una Universidad determinada, pero nos interesa un alumno de una de ellas, hay escuelas que permitirán contratar a un becario con el simple hecho de que éste se inscriba en un curso.

Podemos pedir que nos pongan en contacto con los candidatos disponibles o publicar un anuncio dentro de su bolsa de prácticas. Tengamos en cuenta que no vale cualquier alumno. Por lo general, deben haber conseguido al menos el 50% de los créditos de su carrera. No obstante, la jornada, el nº de horas máximo, y otros aspectos varían según la Universidad. Nuestro consejo: leer siempre el Convenio.

La figura del autónomo frente al becario

El autónomo se convertirá automáticamente en tutor del alumno durante el periodo en prácticas extracurriculares. Tal y como señala el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, encargado de regular esta modalidad, los tutores de la entidad colaboradora están sujetos a una serie de derechos y deberes.

Entre los derechos destacan el reconocimiento de nuestra actividad como autónomo por parte de la universidad en términos previstos en el convenio de cooperación educativa, a ser informados acerca de toda la normativa y a tener acceso a la universidad para obtener la información y el apoyo necesario.

Respecto a los deberes, la mayoría van destinados a cuidar y ayudar al estudiante en prácticas como: prestarle ayuda y asistencia durante su estancia en la entidad, mejora y emprendimiento, proporcionar al estudiante los medios materiales necesarios para el desarrollo de la práctica… y emitir un informe final sobre las prácticas.

Este informe deberá ser un resumen sobre las prácticas que ha realizado el alumno y recogerá el número de horas realizadas y las valoraciones del tutor sobres las competencias. Este resumen debe remitirse al tutor académico que tendrá el alumno.