Finanzas

Todo lo que necesitas saber sobre el Plan General de Contabilidad 2021

SAGE

Explicamos en este artículo las posibles modificaciones en el Plan General de Contabilidad que pueden llegar en 2021.

  • Hablamos de cómo permanecemos a la espera de una reforma contable.
  • Los principales cambios podrían llegar en aspectos financieros.

Por el momento, parece que la reforma del Plan General de Contabilidad (PGC) se hará esperar algo más de lo previsto. Quizá pueda entrar en vigor en los inicios de 2021. En todo caso, sí tenemos una idea de por dónde podría encaminarse el nuevo texto, en función del proyecto publicado.

Lógicamente, puede haber diferencias entre el proyecto, que data de finales de 2018, y el texto final. Sin embargo, parece que la orientación es clara. La reforma habrá de pronunciarse sobre la idoneidad o no de ir aplicando en el PGC los cambios en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Y es que desde la última modificación del PGC, en 2016, se han sucedido diversas novedades en las NIIF.

¡Comparte! Y descubre las claves del proyecto de reforma del Plan General de Contabilidad.

El proceso de convergencia contable

Con el cambio de siglo (y el aumento sostenido de flujos financieros y comerciales entre países) se planteó la necesidad de la convergencia contable. Cuando una gran empresa intentaba realizar inversiones o proyectos internacionales se veía, con frecuencia, obligada a confeccionar dos o más veces sus cuentas. Debía adaptarlas para que fuesen comprensibles y comparables por sus interlocutores internacionales.

En ese contexto, se va profundizando en un proceso de aproximación contable internacional. En Europa, hay un hito con el Reglamento (CE) n° 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002, relativo a la aplicación de normas internacionales de contabilidad.

Existe una tendencia hacia la convergencia internacional en normas contables

En España, entonces, se suscita el debate de hasta dónde había que aplicar esas normas internacionales. El mínimo eran las cuentas consolidadas de las sociedades cotizadas. Sin embargo, se podría haber introducido toda la filosofía de esas normas internacionales en el actual Plan General de Contabilidad.

Finalmente, se optó por no ir tan lejos, fundamentalmente, para evitar complejidad a las pymes. Además, en ese momento, el proceso de internacionalización de las pymes no estaba tan desarrollado como ahora.

Qué se pretende con la reforma contable

En general, se trata de tomar una por una cada novedad en las NIIF en estos últimos años e ir viendo si introducirlas en el PGC. Lo cierto es que afectan más a grandes empresas o a aquellas que se dedican a sectores muy específicos (el financiero, en especial). Por lo tanto, puede parecer que los ejes principales están lejos de la realidad de las pymes.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que, por ejemplo, todo lo que influye en la contabilidad de empresas financieras lo hace también en el acceso a la financiación.

“En general, las principales afectaciones de los cambios a las pymes serían indirectas”

De esta manera, pequeños cambios en el ecosistema empresarial tienen grandes repercusiones para las pymes. Por eso es muy importante que cuenten con asesores muy al día, incluso de las cuestiones más alejadas de su cotidianeidad. Comprender qué reflejo tiene una operación en las cuentas de nuestra contraparte ayuda a entender hasta dónde podemos negociar.

Es importante contar con que la realidad es diferente a la de unos años atrás. Cada vez proliferan más empresas emergentes con realidades contables diferentes.

La reforma del Plan General de Contabilidad

Ahora, corresponde trasladar las novedades en las NIIF en una reforma del PGC. En cada punto, las posibles soluciones son, principalmente tres:

  • Introducir un cambios en las NIIF en el PGC. Algunas veces se hace de forma completa y otras parcial y matizadamente.
  • No reformar el PGC en ese punto concreto.
  • Dejar los cambios para una adaptación sectorial. Es la principal alternativa cuando los cambios son muy específicos de un sector concreto.

Veamos algunos de los principales aspectos de la reforma propuesta en el proyecto publicado. Tengamos, no obstante, en cuenta que solo es un proyecto y que el texto final podría ser, en alguna medida, diferente.

Refundición de algunas carteras de activos financieros

En la cartera de activos financieros a coste amortizado se refundirían dos antiguas carteras de activos financieros:

  • Préstamos y partidas a cobrar.
  • Inversiones mantenidas hasta el vencimiento.

Esta refundición no tendría unos efectos muy importantes, toda vez que el funcionamiento de ambas carteras ya era semejante. Además, determinados créditos podrían seguir valorándose por el valor nominal cuando el efecto de no actualizar los flujos de caja no sea significativo.

Algo semejante pasaría con la cartera de activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdida y ganancias. Esta resultaría de las actuales certeras de:

  • Activos financieros mantenidos para negociar.
  • Otros activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Desaparición de la cartera de activos financieros disponibles para la venta

En esta cartera han venido incluyéndose los activos financieros que no encajan en ninguna de las otras. Su principal peculiaridad ha consistido en que se valoraban por su valor razonable, pero los cambios no iban directamente a la cuenta de pérdidas y ganancias.

En general, se ha venido tratando de inversiones sin carácter especulativo, pero que no implican a empresas del grupo, multigrupo o asociadas. Hablamos de operaciones raras en empresas no financieras como, por ejemplo:

  • Adquirir acciones o participaciones de otras empresas sin influir significativamente en ellas, pero sin intención especulativa.
  • Prestar dinero sin suscribir valores negociados en un mercado activo y sin que el crédito tenga un origen comercial.

Para las empresas financieras es previsible que se incluya una adaptación sectorial que les permita seguir aplicando esta forma de proceder. De este modo, evitarían que los vaivenes en las valoraciones en el corto plazo afecten a sus cuentas de pérdidas y ganancias.

El resto de las empresas, por tanto, contabilizarían las variaciones en la valoración de estos instrumentos financieros en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Instrumentos financieros híbridos

En esta categoría se vienen incluyendo instrumentos financieros que combinan:

  • Un contrato principal que no sea un derivado. Puede ser un activo o un pasivo, financiero o no financiero.
  • Un derivado implícito que hace que algunos flujos de efectivo estén vinculados a la evolución de dicho derivado. Por ejemplo, unos bonos cuyos cupones están referenciados a la cotización de una acción.

Cuando el contrato principal sea un activo financiero, se eliminaría el requerimiento de identificar y separar los derivados implícitos.

Coberturas

Se modificarían diversos aspectos de la contabilización de las coberturas, entre ellos:

  • Más instrumentos de cobertura. Se abre, por ejemplo, la posibilidad de designar ciertos instrumentos financieros que no sean derivados.
  • También se ampliarían las posibles partidas cubiertas.
  • Ya no será necesario que los resultados de la cobertura hayan oscilado dentro de un rango de variación del ochenta al ciento veinticinco por ciento respecto del resultado de la partida cubierta.
  • Se trata de manera diferente la situación en la que una cobertura deja de cumplir el requisito de eficacia. Se permite continuar con la cobertura contable con ciertas condiciones.

Valor razonable

Sigue siendo uno de los principales criterios de valoración. Su definición sería parecida a la actual con algunas matizaciones:

  • Se menciona como referencia para efectuar una valoración una transacción ordenada entre participantes en el mercado en la fecha de valoración.
  • Se pone un énfasis especial en las condiciones a la fecha de valoración. Entre ellas, señala el estado de conservación y la ubicación, y las restricciones, si las hubiere, sobre la venta o el uso del activo.
  • En el caso de que estemos valorando un activo, se explicita que deben considerarse tanto las posibilidades de darle un mayor o mejor uso como su venta a un tercero. En este último caso, debemos considerar el mayor o mejor uso que el tercero daría al activo.
  • Como hipótesis se asumiría que la transacción para vender o transmitir el activo se efectúa en su mercado principal o, en su defecto, en el más ventajoso.
  • Los costes de transporte no se incluyen en los costes de la transacción. Si la localización es una característica de un activo, se ajustarían los costes de desplazarlo al mercado principal o más ventajoso.

Además, establece una nueva jerarquía para evaluar las técnicas de valoración empleadas cuando no haya un mercado activo. Se aplicarían tres niveles para las variables utilizadas en función del empleo de datos de mercados activos.

Por otro lado, también se establecerían normas específicas para el cálculo del valor razonable de activos y pasivos financieros.

Excepciones en la valoración de existencias cotizadas

Se permitiría que los intermediarios que comercializan con materias primas cotizadas las valoren a su valor razonable menos los costes de venta. Se condicionaría a que con ello se elimine o reduzca de forma significativa una «asimetría contable».

Ingresos por ventas y prestación de servicios

No siempre es fácil determinar cuándo o en qué medida han de ser reconocidos. La reforma propuesta iría encaminada al reconocimiento a medida que se produzca la transferencia del control de los bienes o servicios. En definitiva, anotamos el ingreso a medida que cumplimos con las obligaciones. Cuando los compromisos se cumplen a lo largo del tiempo, lo que se examinaría es el grado de avance hacia el cumplimiento completo.

En resumen, 2021 puede ser el año en el que algunas matizaciones transformen nuestro Plan General de Contabilidad. La mayoría de los cambios, no obstante, tienen un impacto principalmente indirecto en las pymes.