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COVID-19: Medidas excepcionales moratoria y aplazamiento de cuotas y deudas a la Seguridad Social

¿A qué afecta?

A la liquidación de cuotas de la Seguridad Social.

¿A quién afecta?

A autorizados RED (empresas o autónomos) que gestionan trabajadores.

¿Cómo afecta?

El Real Decreto 11/2020 ha establecido las dos siguientes medidas para las empresas y autónomos en relación a las cuotas y deudas a la Seguridad Social:

  • Moratoria cotizaciones SS: se permite a empresas y autónomos solicitar el aplazamiento del pago de cotizaciones hasta seis meses sin intereses, para los meses con periodo de liquidación comprendidos desde abril hasta junio de 2020 (para autónomos será entre mayo y julio 2020).
    • Las solicitudes de las empresas se presentarán en Sistema RED, individualizadamente por CCC. Se darán más instrucciones en Boletín de Noticias RED.
    • El plazo de solicitud de moratoria será dentro de los 10 primeros días naturales del plazo de cada ingreso de las liquidaciones.
    • La concesión de la moratoria se comunicará en el plazo de los tres meses siguientes al de la solicitud, mediante Sistema RED.
    • Esta moratoria no se podrá aplicar a los CCCs que hayan obtenido exenciones en el pago de cuotas de la aportación empresarial por ERTEs por fuerza mayor relacionados con el COVID-19.
  • Aplazamiento en el pago de las deudas de SS: se permite que empresas y autónomos que no tengan en vigor aplazamientos de pago de deudas con la Seguridad Social puedan solicitar hasta el 30 de junio de 2020 el aplazamiento del pago de las deudas que deban ingresar entre abril y junio de 2020, con una rebaja del tipo de interés que queda en el 0,5%. Las solicitudes de aplazamiento deberán de hacerse antes de los 10 días naturales del plazo de ingreso.

¿Cuándo afecta?

A partir del 1 de abril.