Finanzas

¿Hay que legalizar los libros contables y realizar el depósito de cuentas anuales si puedes entrar en concurso de acreedores?

Sage

Analizamos cómo el incumplimiento de las obligaciones contables puede derivar en responsabilidades para los administradores en caso de concurso.

  • Conoce cuando una empresa se encuentra en situación de insolvencia
  • Si eres administrador, evita tener que asumir responsabilidades por no realizar el depósito de las cuentas anuales en el registro mercantil

A pesar de ayudas como los ERTE y los préstamos con avales del ICO, el concurso de acreedores será una solución necesaria o conveniente no solamente para un cierto número de empresas afectadas, sino también para organizar los intereses de una pluralidad de acreedores.
El concurso de acreedores, además, está inmerso en un progresivo proceso de cambio que ha dado lugar a la redacción de un nuevo texto refundido para la Ley Concursal que ya ha sido aprobado y entrará en vigor el próximo mes de septiembre.

¡Comparte! Incumplir obligaciones contables puede derivar en responsabilidades en caso de concurso.

Por todo ello, el concurso de acreedores, incluso su mera probabilidad de ocurrencia futura, representa una prueba en la relación entre asesores y clientes. Aquellos deben hacer comprender la importancia de mantener al día las obligaciones contables.

La situación de insolvencia

Entre otros casos, una empresa se encuentra en situación de insolvencia cuando no puede cumplir regularmente con sus obligaciones exigibles, es decir:

  • No puede hacer frente a sus pagos a proveedores.
  • Tiene embargos pendientes.
  • No puede pagar los salarios de sus trabajadores
  • Incumple de manera reiterada sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social.

En esta situación, la empresa puede solicitar un concurso voluntario de acreedores o un concurso exprés. La normativa concursal nos indica que se deberá solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se hubiera conocido o debido conocer el estado de insolvencia.

Hasta final de año, ni el deudor tiene el deber de solicitar el concurso ni los jueces admitirán a trámite las solicitudes de concurso necesario que puedan realizar los acreedores

No obstante, este plazo está suspendido hasta el 31 de diciembre por el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, por lo que aunque se puede solicitar el concurso de acreedores ante el juzgado de lo mercantil, el retraso en la preparación motivado por los inconvenientes que genera el estado de alarma, no ocasionará responsabilidades en el órgano de administración o un perjuicio para la empresa.

¿Qué es un concurso de acreedores exprés?

Un concurso de acreedores exprés es el que se declara y concluye en el mismo acto por insuficiencia de bienes de la empresa. En este tipo de concurso no se nombra a un administrador concursal, sino que la empresa se extingue de manera inmediata y tiene los mismos efectos que un concurso de acreedores ordinario.

Para aplicar este tipo de concurso es necesario que confluyan las condiciones previstas en la Ley Concursal, de manera que no es suficiente con que la empresa no tenga activos realizables suficientes, sino que también se analizan posibles irregularidades y responsabilidades concursales de la empresa, que pudieran derivar en una acción de reintegración, impugnación o de responsabilidad, debiendo poder acreditarse que el administrador de la compañía ha sido diligente y que la situación de insolvencia se ha generado por una causa objetiva.

El concurso y las obligaciones contables

El código de comercio se especifica que los empresarios deben de legalizar sus libros contables y realizar el depósito de sus cuentas anuales en el registro mercantil en el que esté inscrita la sociedad.

El incumplimiento de las obligaciones mercantiles por parte de los administradores, entre las que se encuentra no depositar las cuentas anuales en el registro mercantil, puede suponer la derivación de responsabilidad contra el órgano de administración.

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Incumplir obligaciones contables como la de depositar las cuentas puede provocar responsabilidades para los administradores en caso de concurso.

Al no presentar las cuentas anuales, el administrador no estaría actuando con la diligencia debida, por lo que, si esta actuación u omisión de depósito origina un daño a la sociedad, tanto la propia sociedad como cualquiera de los socios o un tercero podría reclamar a los administradores los daños causados a la empresa por este hecho.

Los administradores de derecho o de hecho, como tales, responderán frente a la sociedad, frente a los socios y frente a los acreedores sociales del daño que causen por actos u omisiones contrarios a la ley o a los estatutos o por los realizados incumpliendo los deberes inherentes al desempeño del cargo.

El concurso culpable

Pero el mayor problema al que se pueden enfrentar los administradores, lo encontramos en la Ley Concursal, ya que cuando el concurso de acreedores de una sociedad mercantil se califica culpable, esto es, cuando en la insolvencia de la empresa ha habido dolo o culpa grave de los representantes legales de la empresa en concurso, esto puede acarrear sanciones sobre los administradores de la sociedad.

La Ley Concursal establece que un concurso será culpable, entre otros motivos, en el caso de que se produzca un incumplimiento sustancial en la llevanza de la contabilidad, pero también se presume como culpable, salvo prueba en contrario, cuando el deudor o, en su caso, sus representantes legales, administradores o liquidadores estuvieran obligados legalmente a la llevanza de contabilidad y no hubiera formulado las cuentas anuales, no las hubiera sometido a auditoría, debiendo hacerlo, o, una vez aprobadas, no las hubiera depositado en el Registro Mercantil en alguno de los tres últimos ejercicios anteriores a la declaración de concurso.

Las herramientas que ayudan a consolidar la relación entre asesores y clientes contribuyen a que el proceso contable sea más sencillo y los administradores tengan una conciencia más clara de sus responsabilidades

Por tanto, si el concurso se califica culpable y la empresa en concurso se acoge a la liquidación, podrá recaer la responsabilidad concursal por las deudas sociales en los administradores o liquidadores, y sobre quienes hubieren tenido esta condición dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración de concurso, obligándose éstos a pagar a los acreedores concursales, total o parcialmente, el importe que de sus créditos no perciban en la liquidación de la empresa.