Asesorías y Despachos Profesionales

COVID-19: Comunicación de la fecha fin del ERTE

Normativa Legal

¿A qué afecta?

A la comunicación de la baja de la prestación de todos los trabajadores afectados por ERTE por finalización de las medidas temporales.

¿A quién afecta?

A todas las empresas y autónomos empleadores con trabajadores que se incorporen a la actividad.

¿Cómo afecta?

Nuevos ficheros Excel publicados por el SEPEE para la comunicación de trabajadores que finalizan la situación de ERTE.

Un modelo de fichero Excel por provincia cuando la totalidad de la plantilla para un mismo Código de Cuenta de Cotización ha finalizado el ERTE. El fichero se remitirá a cada Dirección Provincial del SEPE.

Si es una asesoría la que realiza el trámite en nombre de sus clientes podrán comunicar en un único fichero por provincia la baja de la prestación de la totalidad de la plantilla de tantos centros como consideren si se ha producido el fin de las medidas.

Los campos para comunicar son los siguientes:

  • Identificación: nombre de la empresa o gestoría.
  • Teléfono de contacto.
  • Correo electrónico.
  • Relación de CCC y fecha del día de incorporación a la actividad:
    • CCC de la empresa: será la cuenta de 15 posiciones del centro de trabajo donde presta servicios la persona que finaliza el ERTE y coincidirá con la indicada en la solicitud colectiva inicial que se remitió al SEPE.
    • Número de trabajadores. El total de personas afectadas por las medidas temporales de suspensión y/o reducción de jornada y sobre las que se comunicó solicitud de alta de prestación por desempleo, ya fuera en uno o en varios envíos. Debe consignarse una única cifra con la totalidad de los trabajadores y trabajadoras a los que se les aplicó las medidas temporales. El dato será en formato numérico, sin otro signo que el marcador de unidades de millar, que tomará automáticamente del formato del campo, si se diera el caso.
    • Fecha de baja en la prestación. El primer día de trabajo habitual tras la suspensión o la reducción de jornada. Debe comprobarse particularmente este dato, ya que de ser erróneo podría resultar en la regularización posterior de prestaciones y de cantidades económicas cobradas indebidamente, que se realizaría por la vía de la responsabilidad empresarial.

El nombre del fichero, que debe tener extensión xlsx, empezará por F seguido del día, mes y hora de envío en 6 posiciones y del nombre de quien comunica (empresa o asesoría) en 12 posiciones máximo. Ejemplo para un fichero remitido el 18 de abril a las 12 de la mañana por PANIF: F180412PANIF

La extensión obligatoriamente será xlsx, no siendo admisibles versiones anteriores de documentos Excel.

En el caso de que no todos los trabajadores de un mismo centro de trabajo hayan terminado la suspensión o reducción de jornada por ERTE Covid-19, deberá cumplimentarse el modelo BAJAS ERTE, donde deberá relacionarse el NIF/NIE de los trabajadores que sí finalizan y el CCC del centro de trabajo al que están asignados, así como la fecha de baja de la prestación que se les debe aplicar, manteniéndose de alta en la prestación a aquellos trabajadores que sigan afectados por el ERTE. Los campos a comunicar son los mismos que en el modelo anterior con la excepción que en lugar del número de trabajadores que se incorporan a la actividad han de relacionarse los trabajadores que se incorporan a la actividad que causan baja en el ERTE e identificados por su DNI.

Puede añadirse tantos trabajadores como sea necesario, ampliando filas en la parte inferior de la hoja.

Para realizar modificaciones sobre información remitida en este modelo será necesario ponerse en contacto con el SEPE.

Puede comunicarse el fin del ERTE en el momento en que se conozca en firme la reincorporación de la totalidad de la plantilla. Podrán acumularse comunicaciones para remitir un menor número de envíos al SEPE, pero teniendo en cuenta que las bajas de prestaciones del mes deben comunicarse antes del 25 de ese mismo mes para no generar pagos indebidos.

Las bajas de un mes deben comunicarse antes del 25 del mismo mes para que no se generen pagos indebidos a trabajadores en activo.

El envío de los ficheros puede realizarse por estos medios:

  • A través del Registro Electrónico Común de las Administraciones Públicas (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) a la Dirección Provincial del SEPE en la provincia donde se ubican los centros de trabajo.

Para buscar en la aplicación del registro electrónico la provincia debe teclear la palabra “SEPE” en el buscador del apartado “Organismo destinatario”.

  • Mediante correo electrónico a la dirección [email protected],donde xx es el código de la provincia en la que se ubica el centro de trabajo. Consulte la tabla de

buzones provinciales aquí.

  • La Dirección Provincial del SEPE y la empresa podrán acordar otras formas de remisión de datos, siempre que se garantice la seguridad de las comunicaciones y se facilite toda la información necesaria.

¿Desde cuándo afecta?

22/04/2020