Legal
COVID-19 – Gipuzkoa – Medidas de carácter tributario
¿A qué afecta?
Las medidas tributarias adoptadas en virtud de la crisis del COVID-19.
¿A quién afecta?
A aquellos contribuyentes que tengan la obligación de presentar liquidaciones o declaraciones o tengan ya deudas aplazadas y se deba atender ya a su pago.
¿Cómo afecta?
- Las autoliquidaciones correspondientes al mes de marzo y primer trimestre de 2020, así como las autoliquidaciones del mes de abril, en las que sea obligatoria la presentación telemática, mantienen su plazo de presentación e ingreso 27/04/2020 y 25/05/2020, respectivamente.
- Se amplía el plazo de presentación e ingreso para:
- Autoliquidaciones de febrero (que deberían haberse presentado el 25/03/2020):
- Hasta el 27/04/2020, para autoliquidaciones con presentación telemática obligatoria (330, 320, 111, Retenciones…). En esta fecha se hará la domiciliación.
- Hasta el 01/06/2020, si la presentación se hace en papel por no estar obligado a hacerlo telemáticamente.
- Autoliquidaciones del mes de marzo y primer trimestre (que deberían presentarse el 25/04/2020):
- Hasta el 01/06/2020, si la presentación se hace en papel por no estar obligado a hacerlo telemáticamente.
- Autoliquidaciones del mes de abril (que deberían presentarse el 25/05/2020):
- Hasta el 01/06/2020, si la presentación se hace en papel por no estar obligado a hacerlo telemáticamente.
- Declaraciones informativas y recapitulativas cuyo plazo de presentación finaliza entre 14/03/2020 y 08/04/2020.
- Hasta el 27/04/2020 si hay obligación de presentación telemática.
- Hasta el 01/06/2020 si no hay obligación de presentar telemáticamente.
- Remisión electrónica de los registros de facturación (SII):
- Se amplía el plazo de remisión (envío) al SII hasta el 27/04/2020 siempre que el plazo de envío de los registros de facturación finalicen entre el 14/03/2020 y el 25/04/2020.
- Presentación e ingreso de IS e IRNR:
- Se amplía el plazo hasta el 27/04/2020, siempre que dichos plazos para la presentación y el ingreso se encuentren comprendidos entre el 14/03/2020 y el 25/04/20.
- Pagos fraccionados:
- No hay obligación de presentar los pagos fraccionados correspondientes al primer y segundo trimestre de 2020, ni se procederá a la domiciliación del modelo 130.
- Solicitud de aplazamientos:
- Concesión de aplazamientos de forma automática hasta un límite de 300.000 € (hasta ahora 150.000 €), sin garantía y con un plazo de devolución de hasta 24 meses.
- Aplazamientos y fraccionamientos vigentes:
- Se retrasa por 1 mes aquellos pagos con vencimiento de 25/03/2020 y 10/04/2020.
- El resto de vencimientos, de existir, también se retrasarán también 1 mes.
¿Cuándo afecta?
En vigor el 25/03/2020, con efectos desde el 14/03/2020.
https://egoitza.gipuzkoa.eus/gao-bog/castell/bog/2020/03/25/c2001676.pdf