Legal

COVID-19 – Gipuzkoa – Medidas de carácter tributario

Normativa Legal

¿A qué afecta?

Las medidas tributarias adoptadas en virtud de la crisis del COVID-19.

¿A quién afecta?

A aquellos contribuyentes que tengan la obligación de presentar liquidaciones o declaraciones o tengan ya deudas aplazadas y se deba atender ya a su pago.

¿Cómo afecta?

  • Las autoliquidaciones correspondientes al mes de marzo y primer trimestre de 2020, así como las autoliquidaciones del mes de abril, en las que sea obligatoria la presentación telemática, mantienen su plazo de presentación e ingreso 27/04/2020 y 25/05/2020, respectivamente.
  • Se amplía el plazo de presentación e ingreso para:
  • Autoliquidaciones de febrero (que deberían haberse presentado el 25/03/2020):
    • Hasta el 27/04/2020, para autoliquidaciones con presentación telemática obligatoria (330, 320, 111, Retenciones…). En esta fecha se hará la domiciliación.
    • Hasta el 01/06/2020, si la presentación se hace en papel por no estar obligado a hacerlo telemáticamente.
  • Autoliquidaciones del mes de marzo y primer trimestre (que deberían presentarse el 25/04/2020):
    • Hasta el 01/06/2020, si la presentación se hace en papel por no estar obligado a hacerlo telemáticamente.
  • Autoliquidaciones del mes de abril (que deberían presentarse el 25/05/2020):
    • Hasta el 01/06/2020, si la presentación se hace en papel por no estar obligado a hacerlo telemáticamente.
  • Declaraciones informativas y recapitulativas cuyo plazo de presentación finaliza entre 14/03/2020 y 08/04/2020.
    • Hasta el 27/04/2020 si hay obligación de presentación telemática.
    • Hasta el 01/06/2020 si no hay obligación de presentar telemáticamente.
  • Remisión electrónica de los registros de facturación (SII):
    • Se amplía el plazo de remisión (envío) al SII hasta el 27/04/2020 siempre que el plazo de envío de los registros de facturación finalicen entre el 14/03/2020 y el 25/04/2020.
  • Presentación e ingreso de IS e IRNR:
    • Se amplía el plazo hasta el 27/04/2020, siempre que dichos plazos para la presentación y el ingreso se encuentren comprendidos entre el 14/03/2020 y el 25/04/20.
  • Pagos fraccionados:
    • No hay obligación de presentar los pagos fraccionados correspondientes al primer y segundo trimestre de 2020, ni se procederá a la domiciliación del modelo 130.
  • Solicitud de aplazamientos:
    • Concesión de aplazamientos de forma automática hasta un límite de 300.000 € (hasta ahora 150.000 €), sin garantía y con un plazo de devolución de hasta 24 meses.
  • Aplazamientos y fraccionamientos vigentes:
    • Se retrasa por 1 mes aquellos pagos con vencimiento de 25/03/2020 y 10/04/2020.
    • El resto de vencimientos, de existir, también se retrasarán también 1 mes.

¿Cuándo afecta?

En vigor el 25/03/2020, con efectos desde el 14/03/2020.

https://egoitza.gipuzkoa.eus/gao-bog/castell/bog/2020/03/25/c2001676.pdf