Facturas intracomunitarias: Guía completa para su emisión y cumplimiento
En este artículo te explicamos las principales claves de las facturas intracomunitarias y su tratamiento en el IVA. ¡Descúbrelo!
Descubre cómo son las facturas intracomunitarias y cuáles son sus principales claves. Te contamos a qué tipo de operaciones afectan y qué pautas debes tener en cuenta para confeccionarlas.
- El IVA es uno de los aspectos más importantes que debes vigilar en facturas intracomunitarias.
- Existen muchas excepciones al esquema general de aplicación del IVA en operaciones intracomunitarias.
Las facturas intracomunitarias son cada vez más frecuentes entre las pymes. De hecho, comprar o vender en la Unión Europea se ha convertido en una de las primeras aproximaciones a la internacionalización más habituales.
Y lo cierto es que, aunque las facturas intracomunitarias comparten muchas características con el resto de las facturas, también tienen rasgos característicos. Además, muchos vienen marcados por la normativa comunitaria y son comunes a lo largo de la Unión Europea.
¡TUITÉALO! ¿Piensas en comerciar en otros países de la Unión Europea? ¡Toma nota de cómo afecta este hecho a tu facturación!
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¿Qué es una factura intracomunitaria?
Es una factura que documenta operaciones que se realizan entre el territorio español de la península Ibérica o Baleares y el resto del territorio donde se aplica el IVA. En ese sentido, hay que tener en cuenta que no hay una equivalencia exacta con la Unión Europea. De hecho, hay lugares que pertenecen a la Unión Europea, pero en los que no se aplica el IVA. Por ejemplo, en España, no se aplica en Canarias, Ceuta y Melilla.
¿Qué tipos de operaciones intracomunitarias existen?
Podemos distinguir diferentes operaciones intracomunitarias. El esquema general es el siguiente:
- Las entregas intracomunitarias de bienes. Suelen estar exentas si el adquirente sea un empresario o profesional o una persona jurídica que no actúe como tal. No obstante, para ello, el cliente debe disponer de NIF-IVA asignado por otro país diferente de España y debe comunicárselo al proveedor. Además, para que pueda aplicarse la exención, debes incluir la operación en el modelo 349.
- La mayoría de las entregas de bienes a particulares de otros países de la Unión Europea se califican como ventas a distancia intracomunitarias de bienes. La regla general, sometida a muchas excepciones, es que tributan en el país del cliente. No obstante, el llamado régimen de la Unión permite liquidar las operaciones en un mismo estado, denominado de identificación.
- Las adquisiciones intracomunitarias de bienes sí suelen estar sujetas. Los empresarios, profesionales o personas jurídicas que no actúen como tales, normalmente, verán cómo su proveedor intracomunitario no les carga IVA en la factura. Sin embargo, deberán liquidarlo ellos en España.
- En servicios recibidos de otros empresarios o profesionales, suele producirse la inversión del sujeto pasivo. Por tanto, como cliente con la condición de empresario o profesional, declararás el IVA en tu país.
- Del mismo modo, si prestas servicios intracomunitarios a un empresario o profesional, lo habitual es que tenga que ser el cliente el que liquide el IVA en su país.
- Cuando prestas servicios a particulares, lo normal es que la operación se grave en el país del prestador.
La lista de excepciones es muy larga. Las razones pueden ser varias: reglas especiales de localización del hecho imponible, exenciones por tratamiento análogo al de operaciones interiores, la presencia o no de establecimientos permanentes, regímenes especiales, etc.
¿Cómo hacer una factura intracomunitaria?
En principio, una factura intracomunitaria es como cualquier otra. Eso sí, guardará muchas semejanzas con las que se emiten a otros clientes extranjeros. El contenido puede ser coincidente en muchos aspectos. No obstante, puede ser necesario actuar de una forma particular para adaptarte a la realidad del destinatario. En ese sentido, es importante tener en cuenta varios aspectos:
- Algunos países de la Unión Europea en los que se aplica el IVA no tienen el euro como moneda. No hay ningún problema en emitir la factura en la moneda del cliente, pero el importe del impuesto debe expresarse en euros. Para ello, deberás realizar la conversión aplicando el tipo de cambio vendedor fijado por el Banco de España en el momento del devengo.
- Tampoco hay problema en emplear una lengua que no sea una de las oficiales en España. Ahora bien, si Hacienda te investiga, puede solicitarte una traducción a una de las lenguas oficiales en España.
- En las facturas intracomunitarias, como en todas, puedes añadir las menciones adicionales que necesites, más allá del contenido obligatorio. Eso te permitirá, por ejemplo, incluir cualquier dato que pueda ser de utilidad para tu cliente.
- En general, suelen reflejar operaciones de especial interés, por su importancia en la internacionalización. Te será útil manejar herramientas que, como Sage 50, te permitan hacer un seguimiento de todos los datos de la operación, tanto de facturación como contables, de tesorería, comerciales, etcétera.
En todo caso, lo que más marca la diferencia entre las facturas intracomunitarias y las demás, es el IVA. Como hemos indicado anteriormente, hay varios casos generales y muchas excepciones. Por tanto, es recomendable que cuentes con un buen asesoramiento fiscal.
El IVA en las facturas intracomunitarias
Debes prestar atención a diferentes aspectos, no solo al facturar, sino también a reflejar la operación en la contabilidad y los modelos fiscales:
- Quién es el sujeto pasivo. Aunque suela ser el proveedor, también existen casos de inversión del sujeto pasivo.
- El momento del devengo y el lugar de realización del hecho imponible. Ambos pueden condicionar cuándo y dónde debes declarar.
- La disposición de la otra parte de un NIF-IVA. Es un requisito en algunos casos, como en la exención en entregas intracomunitarias a empresarios, profesionales y personas jurídicas que no actúen como tales. Por eso, también es importante comunicárselo a nuestros proveedores intracomunitarios.
- Analiza si la factura intracomunitaria es con IVA o sin IVA. Lo más habitual será que no lo lleve, pero puede haber casos en que sí se aplique, como determinados supuestos de inversión del sujeto pasivo o en algunas operaciones cuyo destinatario es un particular.
Por tanto, no olvides que lo más recomendable es estudiar bien las implicaciones fiscales antes de realizar la operación por la que se emita una factura intracomunitaria.
Nota del editor: Este artículo fue publicado con anterioridad y actualizado a 2025 por su relevancia.