Legal

Modificación modelo 202 ejercicio 2019, 2P

Normativa Legal

Una normativa legal del Proyecto en la que se detalla la modificación del modelo 202, correspondiente al ejercicio 2019, 2P.

¿A qué afecta?

Al pago fraccionado.

¿A quién afecta?

A Entidades Navieras y sucursales ZEC en consolidación fiscal.

¿Cómo afecta?

1.Sucursales zona ZEC en consolidación fiscal

  • Han de declarar en el modelo 202, de forma separada la parte de base imponible atribuible a la sucursal de la Zona Especial Canaria.

2.Entidades navieras en régimen especial en función del tonelaje

  • Se excluye del pago fraccionado mínimo la parte que tributa por el régimen especial del tonelaje (tipo gravamen 25%)
  • Cambios en el pago fraccionado:
    • Para entidades cuya base imponible se determina en su totalidad conforme al método de estimación objetiva:
      • No será de aplicación el importe mínimo del pago fraccionado, no se realizará el cálculo de la casilla 33
    • Para entidades cuya base imponible se determina en parte conforme al método de estimación objetiva y en parte aplicando el régimen general del impuesto (actividades no incluidas en régimen especial):
      • En este caso se cumplimentará el apartado B2 (casos especiales) cumplimentándose como:
        • base a tipo 1, la correspondiente a la parte general
        • base a tipo 2, la correspondiente a la parte especial
      • En los supuestos de empresas con cifra de negocios de importe igual o superior a 10 millones de euros:
        • Incluirán en la casilla 33 (mínimo a ingresar) el importe que, en su caso, corresponda para las actividades incluidas en régimen general.

¿Cuándo afecta?

A partir del periodo 2P 2019

Referencia normativa: https://www.boe.es/boe/dias/2018/11/06/pdfs/BOE-A-2018-15139.pdf