SII (2018) – Modificación del Reglamento del IVA (Bizkaia)

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Normativa Legal

¿A qué afecta?

A la modificación del Reglamento del IVA del Suministro Inmediato de Información (SII).

¿A quién afecta?

A los sujetos pasivos del IVA y a aquellos que estén obligados al SII o que opten por llevar los libros a través de la Sede electrónica de la AEAT.

¿Cómo afecta?

Se puntualizan plazos para la remisión electrónica de:

  • Facturas rectificativas:
    • Plazo de 4 días desde fecha de expedición / registro contable
    • Si supone un aumento de cuotas inicialmente deducidas: se aplica el mismo plazo que para las facturas recibidas, 4 días desde registro contable con un máximo de hasta el día 1 del mes siguiente del período en que se hayan deducido
  • El plazo para presentar los cobros/pagos de operaciones que se vean afectadas por el Régimen especial del criterio de caja, se hará en el plazo de 4 días a contar desde que se produce el cobro / pago, sin perjuicio que las facturas expedidas/recibidas en RECC se presenten en el mismo caso que si no se hubiera aplicado el RECC.
  • Para las rectificaciones registrales, las mismas se realizarán antes del día 16 del mes siguiente al final del período en que se tenga constancia del error en el que se ha incurrido.

¿Cuándo afecta?

Entrada en vigor el 04/04/2018, con efectos desde 01/01/2018.

DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 38/2018, de 20 de marzo, por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2018/04/03/I-328_cas.pdf?hash=31fd5356fa36594e3ac451795a7f11f5

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