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Conducta empresarial

Nuestro compromiso

Sage se compromete a concluir negocios de forma honesta y ética. No se tolera el soborno ni la corrupción y estamos comprometidos a actuar de manera profesional, justa e íntegra en todos nuestros acuerdos y relaciones comerciales. No hacemos ningún tipo de negocio, directa o indirectamente, con ninguna empresa que sea objeto de nuestra Política de Sanciones.


The Bribery Act 2010

Sage se compromete a implantar y aplicar sistemas y procesos eficaces para contrarrestar el soborno y la corrupción. Como empresa que cotiza en Reino Unido, Sage está sujeto a la legislación de Inglaterra y Gales (incluida la ley anticorrupción del Reino Unido en 2010 [Bribery Act 2010]), en lo que respecta a nuestra conducta tanto en España como en el extranjero.
Sage se compromete a respetar todas las leyes relativas a la lucha contra el soborno y la corrupción en todas las jurisdicciones en las que opera. Además de asegurarnos de que nuestra propia conducta es adecuada, también hemos puesto en marcha procedimientos para evitar que se cometan sobornos en nombre de Sage por parte de cualquier persona asociada, en otras palabras, cualquier individuo que preste servicios para Sage o en su nombre, como podría ser el personal de la empresa y, en algunos casos, filiales y terceros con los que se trabaja, como Business Partners, proveedores y otros.
Este comportamiento estándar que los clientes, proveedores y socios pueden esperar de nosotros y que Sage espera de ellos.


Territorios excluidos 

Como empresa operativa del Grupo Sage, Sage Spain está obligada a disponer de procedimientos para garantizar que, como empresa, no realiza ningún negocio, directa o indirectamente, con ninguna empresa que sea objeto de nuestra Política de Sanciones.
Hacer negocios incluye cualquier forma de acuerdo contractual, hacer pagos o recibir pagos de cualquier empresa situada país o territorio objeto de Sanciones Internacionales y también entrar en acuerdos con terceros que Sage sabe que venderán o distribuirán productos de Sage a empresas situadas en uno de los territorios excluidos.

Además de los objetivos dictados por el Grupo Sage, el negocio de UKI también prohíbe el comercio con otros países en los que el Tesoro Británico impone restricciones a la capacidad de recibir dinero de dichos países. Está prohibido concluir negocios con empresas situadas en los siguientes países :

  • Cuba
  • Irán
  • Corea del Norte
  • Sudan
  • Siria
  • Ucrania (Donetsk, Luhansk, Zaporizhzhia y Kherson)

En lo que respecta Rusia y Ucrania, se requiere aprobación interna para pactar acuerdos directa o indirectamente, esto es, como parte del proceso de gobernanza y la sanciones Europeas existentes.

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