Legal

Aprobación modelo 390 (2016)

Sage

¿A qué afecta?

A la exoneración de presentar modelo 390.

¿A quién afecta?

A los sujetos pasivos acogidos a:

  • Régimen simplificado
  • Actividades de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos
  • Régimen simplificado + arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.

¿Cómo afecta? 
Se aclara que la exoneración de presentar modelo 390 por parte de los sujetos pasivos relacionados es obligatoria, y no opcional. Por tanto, tal y como ya se estableció en 2014:

  • La exoneración implica:
    • Si presenta todos los trimestres, inclusive el 4T: debe cumplimentar el apartado «Exclusivamente…» del modelo 303, pero no debe realizar el modelo 390.
  • No opera la exoneración cuando no haya la obligación de presentar la liquidación correspondiente al 4T por haber cesado baja en el censo de empresarios. En estos casos, deberá presentarse el modelo 390.

¿Cuándo afecta?

  • En vigor el 12/10/2016
  • La primera liquidación afectada la correspondiente al ejercicio 2016 que se presentará durante el mes de enero de 2017.a primera liquidación afectada la correspondiente al ejercicio 2016 que se presentará durante el mes de enero de 2017.

 

Más información: https://www.boe.es/boe/dias/2016/10/11/pdfs/BOE-A-2016-9315.pdf