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Bizkaia – Aprobación nuevo modelo 303 para el ejercicio 2016

¿A qué afecta?

A la modificación del impreso y de las instrucciones correspondientes al modelo 303 para el ejercicio 2016.

¿A quién afecta?

A los sujetos pasivos del IVA que están obligados a la presentación de este modelo, en particular, aquellos que estén sujetos a prorrata y solamente puedan deducir una parte del IVA soportado y sean destinatarios de una factura rectificativa como consecuencia de haberse producido un impago por su parte

¿Cómo afecta?

  • Se introduce una nueva casilla, la [45] que responde al nombre de «Regularización de cuotas (art. 80.Cinco.5º de la NFIVA) en la que se declarará el importe que no se dedujo en su momento, por el cual, como consecuencia de un impago, ahora deviene deudor frente a la Diputación.
  • Se modifican las instrucciones del modelo respecto a la «Cuota deducible en bienes de inversión» mediante la cual se elimina la literal de «incluidas las no deducibles». Esto es así dado que estas casillas se refieren solamente a cuotas no deducibles».

¿Cuándo afecta?

  • En vigor, 27/01/2016.
  • Primera liquidación afectada, la correspondiente al mes de enero que se presentará durante el mes de febrero de 2016.

Más información en: http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2016/01/20160122a014.pdf#page=16