Legal

Boletín de Noticias RED 2015/06 – Novedades legales y operativas

¿A qué afecta?

A aspectos relacionados con el Sistema de Liquidación Directa

¿A quién afecta?

A los usuarios del Sistema RED.

¿Cómo y cuándo afecta?

Modificación de la forma comunicar los ERE.

La acción «MHU» además de para comunicar los días de huelga, se utilizará para comunicar los valores E, F o G del Tipo de inactividad.
Se puede comunicar desde el 13/7/2015 con efectos de 1/7/2015.
Con la versión actual de winsuite 8.2.0, si se comunican los nuevos valores «E», «F» o «G» del campo «Inactividad» dará «Error valor en Inactividad», no obstante se pueden enviar con errores.

Identificación de períodos de suspensión de la relación laboral por «Riesgo durante el embarazo» o «Riesgo de la lactancia natural.

Las suspensiones de la relación laboral por «Riesgo durante el embarazo» o «Riesgo durante la lactancia natural» se podrán comunicar mediante las acciones AIT, EIT y MIT «Suspensiones de corta duración».
Esta modificación estará disponible desde el 16/7/2015.
Con la versión actual de winsuite 8.2.0, si se comunican los nuevos valores «SI» o «SL» del campo «Tipo Prestación» dará «Error valor en Tipo Prestación», no obstante se pueden enviar con errores

Identificación excepcional de períodos de baja médica, según las empresas obligadas al sistema de liquidación directa, que no se hayan conseguido regularizar ante la entidad gestora antes de la presentación de la liquidación de cuotas. (ver fe de erratas)

Se establece un sistema especial de notificación de bajas médicas mediante la funcionalidad «online» «Suspensiones por prestaciones de corta duración» sólo para empresas obligadas a liquidar mediante SLD, para períodos desconocidos por el INSS y a los exclusivos efectos de poder nivelar la liquidación de Seguridad Social correspondiente.
Esta comunicación no exime al usuario de las obligaciones habituales de comunicación de períodos de IT.

Conveniencia de que el usuario confirme las liquidaciones antes del cierre de oficio.

Recuerdan la necesidad de iniciar lo antes posible el envío de ficheros de la liquidación y de confirmar las liquidaciones antes del día 24 (si la modalidad de pago no es la de cargo en cuenta) o el día 28 si se ha solicitado después de dicho día.

Comunicación de los partes de baja, confirmación o alta médica de empresas colaboradoras voluntarias con la gestión de IT

Las empresas que colaboran voluntariamente en la gestión de la IT que actualmente están exentas de remitir a la entidad gestora la copia de los partes de baja médica, confirmación y Alta y que estarán obligadas a remitirlo a partir de 1 de diciembre de este año, ya pueden hacerlo tanto en la modalidad de comunicación «online» como en la de remesas.

Más información: http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/200358.pdf
Más información: http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/200467.pdf