Condiciones del uso de la plataforma FAC-e
¿A qué afecta?
Al uso de la plataforma FAC-e – Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Adminstración General del Estado.
¿A quién afecta?
A las Adminsistraciones Públicas autonómicas y locales que quieran adherirse al Punto General de Entrada de facturas electrónicas.
A los proveedores de bienes y servicios que presenten facturas electrónicas a través de la FACe.
¿Cómo afecta?
Las AA.PP deberán:
- Aceptar y firmar mediante una firma electrónica avanzada el documento de adhesión al Punto General de Entrada.
- Mantener actualizada la información de sus unidades organizativas.
- Usar adecuadamente la plataforma FACe.
- Cumplir con las instrucciones técnicas de uso de la FACe, que se explicitan en la web de la administración electrónica.
- El sistema proporciona:
- un portal de gestión accesible a través del Portal de Entidades Locales, del Portal de Comunidades Autónomas y del Portal para la Gestión Administrativa,
- donde los destinatarios pueden gestionar las facturas recibidas, descargarlas y notificar el estado de tramitación de las mismas al proveedor.
- interfaces de web service que permiten la recepción automática de las facturas en sus sistemas de gestión económica.
- Los proveedores de bienes y servicios deben:
- Hacer uso adecuado y responsable de la plataforma FACe.
- Facilitar los datos de identificación necesarios.
- Acceder correctamente a la plataforma FACe bajo los canales que establezca la Secretaría del Estado de las AA.PP.
- Cumplir con las instrucciones técnicas de uso de la FACe, que se explicitan en la web de la adminsitración electrónica.
- El sistema proporciona al proveedor:
- un portal web donde pueden presentar sus facturas electrónicas en formato facturae 3.2
- un interfaz de web services para el envío automático de las facturas desde sus sistemas de gestión económica.
¿Cuándo afecta?
En vigor, 28/06/2014
Más información http://www.boe.es/boe/dias/2014/06/30/pdfs/BOE-A-2014-6823.pdf