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COVID-19. Prórroga del estado de alarma decretado por RDL 463/2020 del 14 marzo

¿A qué afecta? 

A la movilidad de las personas ocasionada por la COVID-19.

¿A quién afecta? 

Empresas, autónomos y autónomos empleadores. 

¿Cómo afecta? 

Se prorroga el estado de alarma hasta las 00:00 horas del día 24 de mayo de 2020. 

Las personas podrán desplazarse por el territorio de la provincia, isla o unidad territorial de referencia que determine el Ministro de Sanidad a propuesta de las CCAA y de las ciudades de Ceuta y Melilla. Los desplazamientos a otra parte del territorio nacional habrán de estar justificados. 

¿Desde cuándo afecta? 

10 de mayo de 2020 

URL: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-4902#a1 

Ley: Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.