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COVID-19: Tipo impositivo sujeto al 0 por ciento hasta 31/07/2020 para el material sanitario

¿A qué afecta?

  • Al establecimiento del un tipo de IVA = 0% (sujeto) para determinadas operaciones realizadas entre el 23/04/2020 hasta 31/07/2020.
  • A la reducción al tipo 4% para el IVA cultural.

¿A quién afecta?

  • A los que vendan/adquieran/importe material sanitario siempre y cuando los destinatarios de este material sean entidades públicas sin ánimo de lucro, clínicas y centros hospitalarios y entidades privadas de carácter social.
  • A los consumidores de contenido cultural.

¿Cómo afecta?

  • En la factura:
    • Se trata como una operación exenta.
  • En modelo 303 se declara temporalmente del siguiente modo al tipo 0%:
    • Para las entregas interiores:
      • Exportaciones y otras operaciones asimiladas – Casilla 60.
      • Exportaciones y otras operaciones exentas con derecho a deducción – Casilla 94.
      • No se reflejan las adquisiciones interiores, adquisiciones intracomunitarias exentas ni las importaciones exentas.
  • En el modelo 390 se declara temporalmente del siguiente modo al tipo 0%:
    • Para las entregas interiores:
      • Exportaciones y otras operaciones exentas con derecho a deducción – Casilla 104.
    • Para las adquisiciones interiores:
      • Adquisiciones interiores exentas – Casilla 230
    • Para las AIB exentas:
      • Adquisiciones intracomunitarias exentas – Casilla 109
    • Para las importaciones exentas:
      • Importaciones exentas – Casilla 231
  • En el modelo 349 continuarán declarándose estas adquisiciones intracomunitarias exentas tal y como ya se hace habitualmente.
  • En el SII: se declaran también con la misma coherencia:
    • Libro registro de facturas emitidas:
      • Entregas interiores, como operación exenta.
    • Libro registro de facturas recibidas:
      • Adquisición interior: como operación exenta.
      • En AIB e importaciones, en el LRFR también como operaciones exentas.
  • Reducción al tipo 4% para el IVA cultural.

¿Cuándo afecta?

  • La sujeción al tipo 0%, desde el 23/04/2020 hasta 31/07/2020.
  • En cuanto a la reducción del IVA cultural al 4%, hasta que se cambie.

Fuente: https://www.boe.es/boe/dias/2020/04/22/pdfs/BOE-A-2020-4554.pdf

Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.