3, 2 , 1… Llega el momento de completar la declaración del Impuesto de Sociedades
Cumplimentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades es mucho más fácil con la documentación adecuada.

El 1 de julio se inicia la campaña para la presentación del Impuesto de Sociedades, que se alargará hasta el día 25 de ese mismo mes.
- Conoce los pasos que debes dar para cumplimentar la declaración del Impuesto de Sociedades.
- Te dejamos algunos consejos para la cumplimentación del modelo 200 del Impuesto de Sociedades.
El cálculo del Impuesto sobre Sociedades ya está realizado y contabilizado en su asiento contable correspondiente con fecha del 31 de diciembre, pero ahora llega el momento de cumplimentar el modelo 200 y presentarlo.
Lo lógico es que la autoliquidación del Impuesto de Sociedades no sea más que una mera formalidad, limitándose a cumplimentar las casillas del modelo 200 y realizar su presentación.
Recordemos que el Impuesto sobre Sociedades es un impuesto directo que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas.
Cumplimentar correctamente el IS es de gran importancia para cualquier empresa, ya que un error puede acarrear importantes sanciones.
A continuación, te ofrecemos una guía completa sobre cómo cumplimentar la declaración del Impuesto de Sociedades. Te explicaremos paso a paso el proceso, desde la determinación de la base imponible hasta la presentación de la declaración. También te daremos algunos consejos para evitar los errores más comunes.
CONTENIDO DEL POST
- Reunir la documentación necesaria
- Cumplimentación de información adicional para la declaración
- Cumplimentación de los estados financieros y cálculo del resultado contable
- Ajustes extracontables
- Determinación de la Base Imponible
- Aplicación de tipos impositivos
- Deducciones y bonificaciones
- Presentación del Impuesto
- Consejos para cumplimentar la declaración del Impuesto de Sociedades
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Reunir la documentación necesaria
Antes de comenzar a rellenar el modelo 200, es esencial reunir toda la documentación necesaria. Esto incluye, entre otras cosas:
- Balance de situación.
- Cuenta de pérdidas y ganancias.
- Detalle de ingresos y gastos.
- Desglose de las amortizaciones por tipos de elementos.
- Información sobre trabajadores fijos y no fijos.
- Información sobre los administradores y sus poderes de representación.
- Información sobre los socios y sus participaciones.
- Documentación relativa a las correcciones al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias, como por ejemplo la relativa a multas no deducibles.
- Documentación de bonificaciones y deducciones fiscales aplicables.
- Retenciones y pagos fraccionados realizados.
Cumplimentación de información adicional para la declaración
- Información identificativa y censo: además de los obvios (NIF y razón social del declarante), es necesario informar del CNAE con el que opera la empresa. Es obligatoria la identificación de la persona o personas con poderes suficientes para firmar la declaración del Modelo 200, así como la fecha de los poderes otorgados y el notario ante el que se protocolizaron.
- Información del tipo de entidad: es importante señalar, en su caso, de determinadas circunstancias como la condición de gran empresa, empresa inactiva o empresa patrimonial, entre otras cosas.
- Información de regímenes aplicables: debe mencionarse sobre la aplicación de alguno de los regímenes especiales, como por ejemplo los incentivos a entidades de reducida dimensión.
- Información relativa a grupos fiscales: se debe reflejar el nº de grupo fiscal, el NIF de la entidad representante/dominante (incluida en el grupo fiscal) y el nº de identificación de la entidad dominante.
- Información relativa a grupos mercantiles: si la sociedad forma parte de un grupo mercantil, es necesario indicar los datos identificativos de la sociedad matriz.
- Información del personal asalariado: número de trabajadores promedio del ejercicio y del ejercicio anterior desglosado por empleados fijos y temporales
- Información sobre administradores y socios: deben indicarse el NIF y nombre de estos. Además, en el caso de los socios, el porcentaje de participación y el valor nominal de las participaciones.
- Información de participaciones directas de la declarante en otras sociedades y de otras personas o entidades en la declarante: es importante indicar el NIF, razón social, código provincial o de país, porcentaje de participación, valor nominal, valor en libros y dividendos repartidos por las sociedades en las que, el declarante, tenga participación.
Descubre en este artículo todos los consejos que necesitas para cumplimentar sin errores la declaración del Impuesto de Sociedades.
Cumplimentación de los estados financieros y cálculo del resultado contable
El balance y la cuenta de resultados que forman parte de las cuentas anuales deben trasladarse al modelo 200. Para evitar tener que cumplimentar estos datos manualmente, lo que además puede generar errores, es conveniente contar con un software de contabilidad como Sage for Accountants. Esta aplicación permite la cumplimentación automática del Impuesto de Sociedades y la determinación del resultado contable, que será la base sobre la cual se calculará el impuesto.
Ajustes extracontables
El resultado contable debe ajustarse para reflejar correctamente la base imponible del impuesto. Los ajustes pueden ser positivos o negativos y se refieren a partidas como:
- Amortizaciones no deducibles.
- Diferencias de imputación temporal de ingresos y gastos.
- Gastos por donativos y liberalidades.
- Multas y sanciones, etc.
Determinación de la Base Imponible
La base imponible se calcula ajustando el resultado contable con los ajustes extracontables mencionados anteriormente. Es esencial asegurarse de que todos los ajustes se realicen correctamente para evitar errores que puedan resultar en sanciones.
Aplicación de tipos impositivos
El tipo impositivo general en España para el Impuesto sobre Sociedades es del 25%. Sin embargo, existen tipos reducidos para determinadas entidades:
- 15% durante los dos primeros ejercicios para las empresas de nueva creación.
- 23% para las entidades cuya cifra de negocio no supere el millón de euros, con algunas excepciones.
Deducciones y bonificaciones
Las deducciones y bonificaciones pueden reducir significativamente la cantidad a pagar. A modo de ejemplo citamos algunas de las muchas bonificaciones o deducciones que se pueden aplicar en el IS.
- Bonificación por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla.
- Deducciones por actividades de I+D+i.
- Deducciones por producciones cinematográficas.
- Deducciones por inversiones en Canarias.
Es crucial revisar todas las posibles deducciones y bonificaciones para asegurarse de aprovechar todas las ventajas fiscales disponibles.
Presentación del Impuesto
Una vez cumplimentado el modelo 200, solo queda presentarlo. La presentación se debe realizar de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Es necesario contar con un certificado digital para realizar este trámite. Antes de enviar la declaración, es fundamental revisar todos los datos introducidos para evitar errores.
Consejos para cumplimentar la declaración del Impuesto de Sociedades
- Utilizar Software de Contabilidad: un buen software de contabilidad como Sage for Accountants puede facilitar enormemente el proceso de preparación y presentación del Impuesto de Sociedades.
- Consultar a un asesor fiscal: si tienes dudas, es recomendable consultar a un asesor fiscal que pueda ofrecerte orientación experta.
- Revisar la legislación vigente: las leyes fiscales pueden cambiar, por lo que es importante estar al día de las últimas modificaciones con relación al Impuesto sobre Sociedades.
Por lo tanto, cumplimentar el Impuesto sobre Sociedades puede parecer una tarea compleja, pero con la documentación adecuada y siguiendo estos pasos, todo será mucho más fácil. Recuerda que el cumplimiento correcto del impuesto no solo evita sanciones, sino que también puedes aprovecharte de deducciones y bonificaciones que reduzcan la carga fiscal de tu empresa.
Nota del editor: Este artículo fue publicado con anterioridad y actualizado a 2024 por su relevancia.