Finanzas
Intereses de demora por morosidad: ¿Qué son y cómo se calculan?

La crisis provocada por la COVID-19 está produciendo un incremento de la morosidad. En este post, te contamos qué son y cómo se calculan los intereses de demora. ¡Toma nota!
- Te explicamos que son los intereses por morosidad.
- Te interesa conocer la fórmula para calcular los intereses de demora por si tienes que reclamarlos.
Muchas empresas sucumbirán a la crisis, mientras que otras sobrevivirán a duras penas, pero retrasarán sus pagos o incumplirán sus compromisos de pago. En este contexto, es conveniente tener claro cuándo se puede aplicar intereses de demora y cómo se calculan.
Desde el segundo semestre del año 2016, el interés de demora para operaciones comerciales se mantiene inalterable en el 8%. Mientras que el tipo de interés de demora a efectos tributarios tampoco varía del 3,75% en el que se situó en el año 2016. La evolución de ambos tipos de interés se pública en la web del Banco de España.
Es conveniente en primer lugar aclarar bien qué son estos tipos de intereses por morosidad y cuándo se aplican.
¿Qué es el tipo de interés de demora?
En las relaciones comerciales entre personas físicas y jurídicas, el tiempo para la formalización de los pagos que se derivan de estas relaciones es un factor determinante para el buen fin de una transacción comercial. Es por ello que, en el caso de que se produzcan impagos o retrasos en los plazos de pago acordados, los deudores pueden aplicar intereses de demora.
Estos intereses pueden ser acordados por las diferentes partes de mutuo acuerdo en un contrato. En caso contrario, serán de aplicación los porcentajes fijados por la Ley.
El interés de demora es el tipo de interés legal del dinero incrementado en un 25%. Salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca otro distinto.
Por su parte, el interés legal se aplica como indemnización de daños y perjuicios cuando el deudor deja de pagar y no se ha pactado un tipo determinado. También sirve de referencia para normas legales o pactos en contratos.
Como el interés legal del dinero se sitúa sin variaciones desde 2016 en el 3%, el interés de demora se mantiene desde entonces en el 3,75%. Este es el tipo de interés que aplica la Agencia Tributaria y la Seguridad Social en el aplazamiento de deudas, desde la fecha de vencimiento del plazo reglamentario para el ingreso de las deudas tributarias o con la Seguridad Social.
¿Qué es el tipo de interés de demora para operaciones comerciales?
El interés de demora en operaciones comerciales está regulado por la Ley 3/2004 (modificada por la ley 15/2010 de 5 de julio y por la Ley 11/2013 de 26 de julio de medidas de apoyo al emprendedor), sobre medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, que establece un tipo para estas operaciones. Se aplica en caso de que no se haya pactado ninguno en el contrato.
Para realizar su cálculo, se realiza la suma del tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su más reciente operación de financiación más ocho puntos porcentuales, aplicándose este tipo durante los seis meses siguientes a su fijación. El Ministerio de Economía, Industria y Competitividad publicará semestralmente en el Boletín Oficial del Estado este tipo de interés, pudiéndolos ver en la tabla de tipos de interés de demora para operaciones comerciales.
Se consideran operaciones comerciales las que implican la entrega de bienes o la prestación de servicios entre empresas o entre empresas y la Administración.
La demora se produce desde el momento en el que se termina el plazo marcado para que el deudor abone la cantidad pactada, sin necesidad de aviso o requerimiento al deudor, siempre y cuando el acreedor haya cumplido con su parte del contrato.
Si no se ha pactado otro plazo diferente, el interés que se aplica es el denominado “interés de demora en operaciones comerciales”, que actualmente es del 8,00%.
¿Cuándo se puede reclamar los intereses de demora?
Para que un acreedor pueda exigir los intereses de demora tienen que concurrir simultáneamente los siguientes requisitos:
- Que haya cumplido sus obligaciones contractuales y legales.
- Que no haya recibido a tiempo la cantidad debida a menos que el deudor pueda probar que no es responsable del retraso.
En caso de que las partes hubieran pactado calendarios de pago para abonos a plazos, cuando alguno de los plazos no se abone en la fecha acordada, los intereses y la compensación previstas en esta ley se calcularán únicamente sobre la base de las cantidades vencidas.
El obligado al pago de una deuda dineraria surgida por la realización de operaciones comerciales incurrirá en mora y deberá pagar:
- El interés pactado en el contrato.
- El interés de demora por el mero incumplimiento del pago en el plazo pactado o legalmente establecido
Sin necesidad de aviso de vencimiento ni intimación alguna por parte del acreedor.
¿Cómo se calcula el importe a pagar por los intereses de demora?
Para realizar el cálculo del importe a pagar por intereses de demora, aplicaremos la siguiente fórmula:
Interés de demora = (Cantidad adeudada) x (Días de retraso en el pago de la factura / 365) x (Tipo de interés de demora)
Recordemos que el tipo de interés de demora puede ser el fijado por la Ley o también puede ser estipulado contractualmente.
Además del cobro de los intereses de demora, según la Ley de morosidad, el acreedor también podrá reclamar al deudor los gastos ocasionados por la gestión de dicha deuda. Por ejemplo, el de un burofax reclamando la deuda.
Desde 2013, la Ley de Morosidad acortó los plazos de pago de facturas entre empresas a 60 días. 30 en el caso de que el deudor sea una Administración Pública. De esta manera, una vez superados estos plazos, se pueden exigir intereses de demora. En la práctica, no se suelen aplicar, demandándose estos intereses generalmente solo en el caso de créditos fallidos reclamados por la vía judicial.
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