Legal

Legalización de libros 2014; Formato electrónico y presentación telemática

¿A qué afecta?

Al proceso de legalización de los libros obligatorios y no obligatorios de los empresarios. Para ejercicios iniciados a partir del 23/09/2013, todos los libros mercantiles, han de emitirse en formato electrónico y el proceso de la legalización, ha de ser vía telemática. También es de aplicación a los libros no obligatorios.

Para los ejercicios iniciados a partir del 23/09/2013 y que hayan finalizado hasta el 31/12/2014, cuando por causa justa no sea posible la presentación en formato electrónico de los libros obligatorios o de alguno de ellos, el Registrador permitirá su presentación en formato papel con hojas encuadernadas y cumplimentadas según art. 333 del Reglamento del Registro Mercantil.

¿A quién afecta?

A toda empresa obligada según el Código de Comercio a llevar contabilidad. Por lo que será de aplicación para la legalización de libros también a:

  • Libros de Uniones Temporales de empresas.
  • Comunidades de bienes.
  • Asociaciones de cualquier clase.
  • Fundaciones u otras personas físicas y jurídicas obligadas a llevar Contabilidad según el Código de Comercio.

¿Cómo afecta?

  • Se establecen más formatos que son aceptados en la legalización de los libros mercantiles. Permitiéndose las extensiones:
    • XLSX
    • DOCX
    • ODS y ODT
  • Se añaden como libros en formato electrónico obligatorios:
    • El libro de actas
    • Libro Detalle de Actas
    • Libro de Detalle de Actas del Consejo
    • Libro-Registro de Contratos del Socio Único con la Sociedad Unipersonal
  • Se establecen los requisitos que han de cumplir la legalización de libros, en cuanto a formato del contenido de fichero de la legalización y su formato de presentación para ejercicios iniciados a partir del 23/09/2014, en formato electrónico y su presentación vía telemática.
  • Cuando por problemas técnicos justificados, relacionados con la plataforma de Registradores.org, no sea posible la presentación telemática, se permitirá su presentación en soporte magnético, siempre que se cumplan los requisitos de formato y se adjunte la instancia de solicitud de presentación establecida en el anexo II.
  • La firma digital de cada libro se generará por la aplicación del algoritmo estándar SHA256(6234), el cual producirá un hash de 256 bits,(32 bytes), este conjunto de bits se codificará para su conversión en texto según el estándar base64(RFC 4648).
  • Los ficheros que componen la legalización estarán comprimidos en ZIP, generado con la versión 2.0 o anteriores. El algoritmo de comprensión será el Deflate estándar (no el Deflate 64) y no se usarán cifrados ni signaturas.

¿Cuándo afecta?

    • En vigor dentro de 20 días naturales.
    • De aplicación para la legalización de los libros mercantiles de ejercicios iniciados a partir del 23/09/2013.

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-1481