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Modelo 390 y 347 (2016) – Ampliación plazo de presentación por imposibilidad técnica de presentación por Internet

¿A qué afecta?

A los plazos de presentación correspondientes a los modelos 390 y 347 del ejercicio 2016.

¿A quién afecta?

A aquellos sujetos pasivos obligados a la presentación de ambas declaraciones.

¿Cómo afecta?

  • Modelo 390:
    • Plazo estándar de presentación: del 1 al 30 de enero de 2017
    • Si por razones de carácter técnico, no fuera posible efectuar la presentación a través de Internet en el plazo reglamentario de declaración, dicha presentación podrá efectuarse durante los cuatro días naturales siguientes al de finalización de dicho plazo.
  • Modelo 347:
    • Plazo estándar de presentación: del 1 al 28 de febrero de 2017
    • Si por razones de carácter técnico en que por razones de carácter técnico no fuera posible efectuar la presentación a través de Internet en el plazo reglamentario de declaración, dicha presentación podrá efectuarse durante los cuatro días naturales siguientes al de finalización de dicho plazo.

¿Cuándo afecta?

Para las declaraciones que se presentarán en enero y febrero de 2017, correspondiente al ejercicio 2016.