Legal
Modificación del Régimen del IVA

¿A qué afecta?
- A la no obligación de presentar el modelo 390 (resumen anual del IVA) por parte de determinados sujetos pasivos.
- A la obligación de suministrar información sobre cuentas financieras en determinados casos.
- Acceso al contenido de la notificación electrónica.
Modelo 390
¿A quién afecta?
- Sujetos pasivos de los cuales la Administración posea información suficiente, que derive del cumplimiento de otras obligaciones tributarias.
- Otros sujetos pasivos, que se determinarán mediante el desarrollo de una Orden Ministerial (pendiente de publicar).
¿Cómo afecta?
- No presentación del resumen anual modelo 390.
¿Cuándo afecta?
- En vigor, 09/06/2014.
- Ejercicio 2014.
- A presentar durante el mes de enero de 2015.
¿A quién afecta?
- Instituciones financieras.
¿Cómo afecta?
- Creación de un nuevo modelo, que se desarrollará mediante Orden Ministerial. Deberá identificarse:
- Residencia o nacionalidad de las personas titulares de las mismas o bien que ejerzan su control.
- Identificación completa de las cuentas.
- Nombre y apellidos o razón social o denominación completa de sus titulares.
- Resto de información a suministrar, la que se derive de la norma de asistencia mútua.
- Obligación de presentar este modelo por parte de las instituciones financieras.
¿Cuándo afecta?
- La exigibilidad se determinará en la norma de asistencia mutua que resulte de aplicación.
Notificación electrónica
¿A quién afecta?
- Los destinatarios de notificaciones electrónicas.
¿Cómo afecta?
- Acceder al contenido de la notificación a través a través de su sede electrónica, mediante acceso voluntario del interesado.
- Debe quedar acreditado la identificación del contribuyente que accede, así como la fecha y la hora.
- Tiene valor de «notificación» a efectos legales.
- No es incompatible con la notificación que pueda realizarse mediante la dirección electrónica.
- Si se practican las dos, tiene validez la primera de ellas que se haya realizado.
¿Cuándo afecta?
En vigor, 09/06/2014