Legal

Orden para el cálculo de Módulos (2014 – 2015)

¿A qué afecta?

Al cálculo del rendimiento anual y del pago fraccionado de las actividades incluidas en el régimen de EO e IVA especial simplificado.

¿A quién afecta?

A los contribuyentes que desarrollen actividades cuyos epígrafes estén el método de E.O. y en régimen especial del IVA simplificado.

¿Cómo afecta?

  • Se crea un índice corrector nuevo del 0,80% para las actividades agrarias que utilicen la energía eléctrica para realizar cultivos en tierras de regadío, siempre que cumplan ciertas condiciones.
  • Se incluye un nuevo índice para el cálculo del rendimiento neto, para la actividad forestal de extracción de la resina, al aplicarse el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca del IVA y poderse aplicar método de estimación objetiva.
  • Se actualizan las fechas para renunciar a la inclusión de los diferentes regímenes o métodos.
  • Para el resto de epígrafes se mantienen respecto al ejercicio anterior.
  • Las actividades incluidas en el método de E.O. y en el IVA simplificado.
    • Las magnitudes excluyentes.
    • El importe de cada uno de los elementos que componen los módulos para el cálculo del rendimiento anual.
    • El cálculo del rendimiento y de los pagos fraccionados, de las diferentes actividades.
    • La reducción del rendimiento neto del 5% para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales así como para el resto de actividades en régimen de E.O.
    • La minoración en los índices de determinadas actividades agrícolas.
    • La reducción de los % de las cuotas devengadas por operaciones corrientes de ciertas actividades agrícolas y ganaderas.
    • Las reducciones en el cálculo del rendimiento neto de las actividades desarrolladas en término municipal de Lorca.
    • Se crea un índice corrector nuevo del 0,80% para las actividades agrarias que utilicen la energía eléctrica para realizar cultivos en tierras de regadío, siempre que cumplan ciertas condiciones.

¿Cuándo afecta?

  • En vigor el día siguiente de su publicación.
  • Con afectación al 2014 la aplicación de nuevo índice corrector para ciertas actividades agrarias.
  • Con aplicación para el ejercicio 2015, el resto de puntos.