Legal

Real Decreto 1022/2015, que modifica el Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1994 del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Nota del Consejo de Ministros.

Normativa Legal

¿A qué afecta?
Informa sobre:

  • La Nota informativa del Consejo de Ministros sobre la modificación del REF Canarias, y de su Reglamento, afecta a:
    • A la forma en que se ha de materializar la RIC, Reserva por inversiones en Canarias.
    • A la solicitud de admisión en el régimen fiscal ZEC, Zona Especial Canaria.
    • Nuevas deducciones del REF, de Canarias.
    • A las normas a cumplir en el seguimiento y control de la acumulación de beneficios fiscales y resto de ayudas, para evitar que puedan sobrepasar los límites establecidos por la Unión Europea. El exceso tendrá la consideración de ayuda de estado y deberá de ser devuelta por el contribuyente.
  • La publicación oficial de la modificación del Reglamento de REF, Régimen Económico y Fiscal de Canarias.


¿A quién afecta?
A las empresas, y establecimientos permanentes con domicilio fiscal en Canarias.

¿Cómo afecta? El Real Decreto 15/2014, de modificación del REF, Régimen Económico y Fiscal de Canarias en vigor para ejercicios que se inicien a partir del 01/01/2015, introduce cambios en:

  • La RIC, Reserva para Inversiones en Canarias. Se permite que se materialice en:
    • Determinadas inversiones en mejora del medioambiente, entre ellas la generación de energías limpias siempre que sean para el autoconsumo.
    • Creación de empleo, sin que tenga que cumplir los requisitos para ser considerada una inversión inicial.
    • En cualquier tipo de instrumentos financieros, emitidos por Entidades financieras.
  • El régimen fiscal ZEC:
    • Amplía su ámbito de aplicación geográfico a todo el territorio Canario.
    • Amplía los distintos tipos de actividades que pueden acogerse al Régimen Económico y Fiscal, ZEC.
  • Las deducciones en la cuota:
    • Se crean dentro del REF de Canarias, nuevas deducciones sobre la cuota por:
      • Inversiones en África Occidental, y
      • Gastos de publicidad y propaganda en la prospección de nuevos mercados, y por la asistencia a ferias internacionales.
      • Deducciones en producciones cinematográficas, y espectáculos en vivo.
    • Se amplía el % de deducción y el % límite sobre la cuota para las deducciones por Innovación Tecnológica en Canarias.
    • Se ha establecido para el periodo 2015-2020, la obligación de que el propio usuario controle la acumulación de las ayudas, fiscales y no fiscales que recibe, y al final del ejercicio declare el total de lo recibido controlando no exceder los límites establecidos por la Unión Europea. Si se produce dicho exceso, el contribuyente será el responsable de devolver el exceso, si no lo hace quedará automáticamente excluido del REF de Canarias, hasta que se produzca su devolución.

La modificación del Reglamento, respecto a lo ya contenido en el texto del borrador afecta a:

  • La materialización de la RIC:
    • Cuando se invierta en la generación de energías limpias, estas solo podrán estar destinadas al autoconsumo.
    • Cuando se invierta en instrumentos financieros:
      • Solo será efectiva cuando dichos instrumentos financieros hayan sido declarados como idóneos por la AEAT.
      • Como han de solicitar las entidades financieras, la declaración de idoneidad de los instrumentos financieros que puedan ser objeto de materialización de la RIC.
  • La ZEC, Régimen Fiscal de Canarias:
    • Como ha de ser la solicitud del contribuyente para ser incluido en el Régimen fiscal ZEC.
  • Al control de los límites a la acumulación de incentivos fiscales y ayudas, se aclara que:
    • De ser superados los límites de ayudas recibidas, la AEAT lo comunicará a la Intervención General del Estado para que lo tenga en cuenta en el Registro Oficial de Subvenciones.
    • Además de los límites ya establecidos en el borrador, ahora establece que el importe total de las ayudas concedidas a las producciones cinematográficas no puede ser superior a 50 millones de euros.
    • Para poder aplicar la deducción por producción cinematográfica extranjera sin límite, previamente la AEAT ha de autorizar los gastos de la película.

¿Cuándo afecta?

  • Real Decreto Ley 15/2014 de modificación del REF de Canarias:
    • En vigor para ejercicios que se inicien a partir del 01/01/2015.
  • Real Decreto 1022/2015, por el que se modifica el reglamento que desarrolla el REF de Canarias:
    • En vigor desde el 18/11/2015.

Documentación: