Legal
Resolución del ICAC sobre el coste de producción
¿A qué afecta?
Con esta Resolución se recoge en un solo documento los criterios de valoración a usar para fijar el coste de las existencias, de los productos en curso, y de los elementos del inmovilizado material, o intangible construidos o fabricados por la empresa.Estos criterios ya estaban establecidos en el PGC, en el PGCPYMES y en las NFCAC, normas de formulación de las cuentas anuales consolidadas, y también mencionados en las últimas Resoluciones del ICAC publicadas. Ahora se recopilan, y aclaran las dudas existentes en un solo documento.
¿A quién afecta?
Es de obligado cumplimiento para todo tipo de empresa, sea cual sea su personalidad jurídica, y el tipo de cuentas anuales que emita, individuales, o consolidadas.
¿Cómo afecta?
Establece para toda empresa los criterios a seguir para determinar el coste de los elementos de su activo que la empresa construye o fabrica, y de los servicios que presta.
Las normas que establecen los criterios para fijar el coste de producción aclaran:
- Que elementos componen:
- El coste de producción.
- Los costes directos e indirectos de producción.
- El coste de producir de forma conjunta varios productos o servicios a la vez.
- El coste de las mermas cuando se producen durante el proceso de producción, o finalizado este.
- Como asignar los gastos de:
- Comercialización y los posteriores a la venta.
- Generales de administración o dirección.
- Financieros.
- Diferencias de cambio en moneda extranjera.
- La valoración del coste de las existencias.
- Como han de aplicar los criterios mencionados las empresas:
- Constructoras
- Inmobiliarias
- Vitivinícolas
- Federaciones deportivas
Establece la obligación de informar en la memoria sin efectos retroactivos, a partir de las cuentas anuales del ejercicio 2015:
- Los criterios de imputación indirectos empleados para la valoración de las existencias y si las ha habido, que causas excepcionales han obligado a su modificación, así como su incidencia cuantitativa en las cuentas anuales.
- Justificar si procede, en la medida en que dicha valoración no difiere significativamente del coste real, la aplicación del coste estándar, y el método del comercio minorista para valorar las existencias al cierre del ejercicio.
- Criterios utilizados, si procede en la asignación de los costes de producción conjunta.
- Los gastos financieros capitalizados como parte del coste de producción de los activos. El criterio seguido respecto a las diferencias de cambio para que se hayan considerado como un ajuste al tipo de interés.
- Métodos de asignación de valor utilizados para valorar las existencias y los periodos empleados en la aplicación de dichos métodos.
- Efecto que han tenido las devoluciones de ventas y las devoluciones de compras sobre la valoración de las existencias.
- Efecto que han tenido los rappels por compras y de otros descuentos por incumplimiento de las condiciones del pedido que sean posteriores a la recepción de la factura, en la valoración de las existencias.
¿Cuándo afecta?
De aplicación para la formulación de las cuentas anuales individuales y consolidadas de los ejercicios iniciados a partir del 01/01/2015.