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Trasladar tu residencia fiscal fuera de España: pros y contras

Sage

La Agencia Tributaria ha levantado el hacha de guerra contra el Rubius y otros youtubers. Te contamos los pros y contras de trasladar tu residencia fiscal a Andorra o a algún paraíso fiscal.

  • Conoce cuándo se considera que un contribuyente tiene su residencia fiscal fuera de España.
  • Te explicamos los inconvenientes de trasladar tu domicilio fiscal para ahorrar impuestos.

El traslado del domicilio fiscal de conocidos youtubers está levantando ampollas en la Agencia Tributaria. Tanto es así, que en su Plan de Control Tributario de 2021 Hacienda avisa de que los vigilará con big data.

El conocido youtuber Rubén Doblas Gundersen, más conocido como el Rubius, no ha hecho muchos amigos en Hacienda con su anuncio de mudanza fiscal. Alega que se va de España por el acoso del fisco. Y, también, porque la mayor parte de sus ingresos provienen de fuera de España, de países como México, Argentina, Colombia y Estados Unidos.

El caso de estos youtubers no es una excepción. La determinación del régimen fiscal, aplicable a los rendimientos obtenidos por personas físicas o empresas, en función de su residencia o del lugar de ejercicio de sus actividades, es fuente de permanente conflicto entre contribuyentes y Agencia Tributaria.

¿Cuándo se considera que un contribuyente tiene su residencia fiscal en España?

Según el artículo 9.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, se entenderá que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias:

  • Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Se computarán, como período de residencia, las ausencias esporádicas, salvo que se acredite la residencia fiscal en otro país. Tratándose de países o territorios considerados como paraísos fiscales, la Administración tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en los mismos durante 183 días en el año natural.
  • Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, directa o indirectamente.
  • Cuando residan en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores que dependan de él.

Ventajas de trasladar el domicilio fiscal a países con menor tributación

La elevada carga fiscal de las rentas altas de determinados profesionales provoca que tanto personas como empresas se instalen en otros países. Algunos de estos países son catalogados como paraísos fiscales, donde la carga tributaria es menor. De esta manera se consigue un ahorro fiscal.

Los paraísos fiscales son un instrumento típico de la elusión o trasvase fiscal. Son jurisdicciones que facilitan a quienes se registran en ellas, bien sean personas físicas o empresas, una tributación reducida y opacidad en las operaciones.

Pero pagar menos impuestos no es un delito fiscal si se hace legalmente aprovechándose de vacíos legales o de ventajas fiscales en otros países.

Además de la reducción de la carga tributaria, en otros países se simplifican los tramites que tienen que realizar los contribuyentes. También existe mucho menos control de las autoridades fiscales.

Inconvenientes de trasladar el domicilio fiscal fuera de España

Cada cierto tiempo salta a la palestra algún famoso al que se le imputan delitos fiscales por evasión de impuestos, al trasladar su domicilio fiscal fuera de España.

Se califica como delito de fraude fiscal la acción u omisión de eludir el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubiesen debido retener o disfrutar indebidamente de beneficios fiscales, siempre y cuando se superen los 120.000 euros. Este delito puede ser castigado con pena de prisión, de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía.

Si se traslada el domicilio fiscal fuera de España, se debe comunicar a la Agencia Tributaria, Además, el contribuyente no puede permanecer en territorio español más de 183 días al año, ni tampoco su cónyuge e hijos.

Si se produce un cambio de residencia habitual y tenemos una hipoteca, constituida con anterioridad al 1 de enero de 2013, por la cual se aplican deducciones, al perder la vivienda el carácter de habitual, no se podrán seguir aplicando dichas deducciones.

No perderán la condición de contribuyentes por IRPF las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio considerado como paraíso fiscal. Esta regla se aplicará en el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cuatro períodos impositivos siguientes.

Aunque te puedas ahorrar impuestos cambiando tu lugar de residencia, fuera de España puedes tener dificultades para encontrar aceite de oliva, dependiendo del país a donde vayas, los vinos no serán tan buenos y puede que no encuentres tortilla de patatas en los bares. También tendrás morriña y, cada vez que vengas a España de vacaciones, pensarás en lo bien que vivías en este maravilloso país.