Asesorías y Despachos Profesionales

¿Y si tus propios trabajadores te denuncian? La UE quiere sacar a la luz actos ilegales

sage

La UE estudia aprobar una directiva que obligue a las empresas a contar con un canal para que sus empleados comuniquen cualquier irregularidad.

  • El objetivo es que los profesionales se conviertan en guardianes del cumplimiento de la ley comunitaria
  • Habrá un sistema de prevención de represalias que prohiba el despido, la degradación o cualquier otra medida contra el delator

La Comisión Europea se ha marcado como objetivo crear un marco de protección a los denunciantes de prácticas que atentan contra determinadas normas comunitarias. Y lo pretende hacer a través de una directiva comunitaria.

En definitiva, el objetivo es que sean los propios trabajadores y, en algunos casos, otros profesionales relacionados con la empresa, quienes denuncien irregularidades sin temor a represalias.

¿Por qué se pretende proteger a los denunciantes?

Existe una preocupación por el incumplimiento de las normas comunitarias. Se extiende por diversas áreas como, por ejemplo:

La Comisión Europea considera que los empleados y algunas otras personas con conexión profesional pueden estar al tanto de muchos supuestos de infracción de las normas comunitarias. Sin embargo, sabe que la mayoría no denunciará los hechos y que, de los que lo hacen, un porcentaje elevado puede ser víctima de represalias.

Con la directiva propuesta, lo que pretende conseguir es dar la vuelta a esa situación. Quiere encontrar un marco donde los profesionales se conviertan en guardianes del cumplimiento de la ley.

También cree la Comisión Europea que es en el seno de las propias organizaciones donde se debe iniciar una primera línea de ataque al problema. La dirección de muchas empresas puede no ser plenamente consciente de las irregularidades que se cometen en su seno. El procedimiento de denuncia interna puede ser un cauce no solamente para que las conozcan, sino también para prevenirlas. Es posible que las personas que tienen la tentación de cometerlas se lo piensen dos veces si creen que pueden llegar a conocerlas sus jefes por medio de una denuncia interna.

¿Qué dimensión tiene el problema de las prácticas empresariales ilegales?

En primer lugar, cuestan mucho dinero, no solamente por los recursos necesarios para perseguirlas, sino también por los daños para personas y entidades que las sufren.

Sin embargo, existe un problema más oculto. Incluso cuando un empresario es plenamente cumplidor tiene que sufrir la sombra de la sospecha en muchas relaciones financieras, comerciales, laborales, etc.

No olvidemos que los terceros interesados en la empresa no tienen información perfecta sobre su grado de cumplimiento de las normas. Sufren una cierta incertidumbre. Muchas relaciones no llegan a materializarse por miedo a encontrarse con un comportamiento ilegal.

Por lo tanto, pueden producir un daño tanto al ambiente laboral en el seno de la empresa como al ecosistema emprendedor. Dificultan el clima de confianza necesario para aprovechar al máximo todas las oportunidades de relación.

¿Qué medidas de protección de la denuncia se pretenden implantar?

En primer lugar, muchas empresas y otras entidades públicas y privadas tendrían que establecer un cauce para el reporte interno de las denuncias. Por ejemplo, afectaría a empresas de más de 50 trabajadores o más de 10 millones de euros anuales de cifra de negocios o de activo total.

Entre las exigencias que requeriría este mecanismo de denuncia interna, una esencial es la garantía de confidencialidad. Además, tendría que nombrarse una persona o departamento responsable del seguimiento de este tipo de denuncias. En cuanto al tiempo de respuesta, debería ser antes de que pasen tres meses del reporte.

En segundo lugar, también se prevé la obligación de contar con cauces externos de denuncia. En este caso, son los estados miembros los que tienen que señalar las autoridades competentes, que, por supuesto, también deberán garantizar la seguridad y confidencialidad. Los plazos de respuesta serían en este caso de tres meses. Por causas justificadas podrían extenderse hasta los seis meses.

En tercer lugar, se establecen mecanismos de protección a los denunciantes. Se prohíben represalias tales como, por ejemplo, un despido, la degradación, la postergación para posibles ascensos, intimidaciones, etc.

La propuesta de directiva establece que los estados miembros tendrían que tomar las medidas necesarias para garantizarlo. Entre ellas encontramos una mejora de la posición jurídica del denunciante. Por ejemplo, no podría considerarse que vulnera leyes o acuerdos de confidencialidad por sus revelaciones. Además, quien quiera imponer a un denunciante alguna medida que pueda ser tomada por represalia debería demostrar que lo hace por otro motivo justificado.

Finalmente, los estados miembros deben acompañar estas medidas de un marco sancionador. Afectaría a quienes intenten impedir los reportes o a quienes tomen represalias, entablen procedimientos vejatorios frente a los denunciantes o infrinjan su derecho a la confidencialidad de su identidad.

¿Qué alcance tiene, de momento, esta decisión?

Nos encontramos ante una propuesta de directiva. Eso supone, en primer lugar, que la directiva en sí todavía no se ha aprobado y que, por tanto, su texto puede ser objeto de modificaciones.

En segundo lugar, al tratarse de una directiva, será necesaria su transposición al ordenamiento jurídico español. Eso implicará, normalmente, la tramitación y aprobación de una ley y muy probablemente de uno o varios reglamentos de desarrollo. El plazo para hacerlo, de aprobarse el texto propuesto, finalizaría el 15 de mayo de 2021.

Finalmente, hay que considerar que estas normas comunitarias entran en contacto con otras áreas donde surgen novedades legales con frecuencia, tanto en el ámbito comunitario como en los nacionales. Los cambios en esas regulaciones pueden ir moldeando con el paso del tiempo el marco de protección a los denunciantes a través de sucesivas reformas de las normas que se aprueben.

Por lo tanto, nos encontramos en un punto en el que la Comisión Europea ha detectado un problema (la infracción de normas relacionadas con las malas prácticas empresariales) y ha señalado la mejora del marco de protección de los denunciantes como una vía para mejorar en ese campo.

No obstante, el camino continuará siendo largo. Hay que ver en qué se acaba materializando finalmente cada una de las medidas propuestas y también los problemas que vayan surgiendo en su proceso de implementación, así como las posibles soluciones.