Finanzas

Beneficios fiscales de la colaboración con ONGs en el IRPF

Sage

Si no hemos realizado donaciones en el 2014, no podemos deducirlas en la renta 2014, pero podemos empezar a pensar en la labor social que realizan las ONGs, en la renta 2015 y realizar algún tipo de donación. Es importante que sepamos al respecto, que los donativos a ONGs desgravan por el 25% del valor de la aportación en el IRPF y en el Impuesto de Sociedades, por lo que a parte de contribuir a una buena causa, podremos deducirnos las cantidades aportadas en dichos impuestos.

Para poder disfrutar de este derecho, el donante debe disponer de un certificado emitido por la ONG, pero como las ONGs comunican las donaciones recibidas, lo más normal es que estas ya se reflejen en el borrador de la renta o en los datos fiscales que suministra la Agencia Tributaria.

Es importante pues que la información remitida a la ONG para la emisión del correspondiente certificado sea completa y esta actualizada, debiendo de contener nombre y apellidos en el caso de las personas físicas y razón social de la empresa, NIF o CIF y dirección actualizada.

Deducciones generales por donativos en el IRPF en la renta 2014

Los donativos a las ONGs tienen el límite del 10 por 100 de la base liquidable (art. 68.3 Ley), debiéndose incluir en la declaración de la renta las donaciones realizadas de acuerdo con las siguientes modalidades de deducción:

  1. Donaciones a entidades beneficiarias del mecenazgo con derecho a deducción del 25%, salvo los programas prioritarios cuya deducción será del 30 por cien, con el limite del 15 por 100 de la base liquidable. Las donaciones aquí recogidas deben cumplir los requisitos recogidos en la Ley 49/2002
  2. Donaciones a otras entidades no incluidas en el ámbito de la Ley 49/2002. En esta apartado se recogerán las cantidades donadas a las entidades que a continuación se señalan, cuando no cumplan las condiciones y requisitos para estar comprendidas en el apartado anterior:
  • Fundaciones legalmente reconocidas que rindan cuentas al órgano de protectorado correspondiente.
  • Asociaciones declaradas de utilidad pública.

La base conjunta de las deducciones por donativos en sus distintas modalidades no podrá superar, con carácter general, el 10 por 100 de la base liquidable del ejercicio.

Modificaciones a partir de 2015 en las deducciones a las ONGs

Desde el 1 de enero de 2015, se ha incrementado la deducción fiscal de los donativos (art. 19 de la Ley 49/2002 de Mecenazgo) a las entidades sin ánimo de lucro, quedando de las siguiente manera:

  • Los primeros 150€ donados (en el conjunto de sus donativos realizados como contribuyente en el año fiscal) desgravarán un 50% en 2015 y un 75% en 2016.
  • Si la donación es igual o superior a las donaciones efectuadas en 2013 y 2014 a la ONG, el resto de la desgravación será del 32,5% (35% en 2016).
  • En otro caso, el resto de sus donativos desgravarán un 27,5% (30% en 2016).