Finanzas

El modelo 145 y el calculo de las retenciones del IRPF

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A todos los que hemos trabajado o trabajamos por cuenta ajena nos han presentado una o varias veces el modelo 145. Lo primero que podemos leer en el encabezado del modelo 145 es la referencia que hace al artículo 88 del reglamento del IRPF, que nos dice es que los contribuyentes deberán comunicar al pagador la situación personal y familiar que influye en el importe excepcionado de retener, en la determinación del tipo de retención o en las regularizaciones de éste, quedando obligado asimismo el pagador a conservar la comunicación debidamente firmada.

Pero la comunicación de todas las circunstancias personales no es obligatoria, aunque si conveniente, ya que si seguimos leyendo el modelo 145 nos indica que si no comunicamos a la empresa o entidad pagadora alguno de los datos de este modelo, la retención del IRPF que se practique podría resultar superior a la procedente, en cuyo caso se podrá recuperar la diferencia, si procede, al presentar la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio de que se trate.

Pero atención, ya que así nos lo indica el propio modelo 145 si seguimos leyendo, si incluimos datos falsos, incompletos o inexactos en esta comunicación, así como la falta de comunicación de variaciones en los mismos que, de haber sido conocidas por el pagador, hubieran determinado una retención superior, estaríamos cometiendo una infracción tributaria sancionable con una multa del 35 al 150 por 100 de las cantidades que se hubieran dejado de retener por esta causa. (Artículo 205 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria).

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¿Cuándo debe realizarse la comunicación de datos al pagador?

La comunicación de datos al pagador deberá efectuarse con anterioridad al día primero de cada año natural o del inicio de la relación contractual, considerando la situación personal y familiar que previsiblemente vaya a existir en estas dos últimas fechas, sin perjuicio de que, de no subsistir aquella situación en las fechas señaladas, se proceda a comunicar su variación al pagador. No será preciso reiterar en cada ejercicio la comunicación de datos al pagador, en tanto no varíen las circunstancias personales y familiares del contribuyente.

Las variaciones en las circunstancias personales y familiares que se produzcan durante el año y que supongan un menor tipo de retención, podrán ser comunicadas a efectos de la regularización prevista en el artículo 87 del presente Reglamento y surtirán efectos a partir de la fecha de la comunicación, siempre y cuando resten al menos, cinco días para la confección de las correspondientes nóminas.

Cuando se produzcan variaciones en las circunstancias personales y familiares que supongan un mayor tipo de retención, el contribuyente deberá comunicarlo a efectos de la regularización prevista en el artículo 87 del Reglamento del IRPF en el plazo de diez días desde que tales situaciones se produzcan y se tendrán en cuenta en la primera nómina a confeccionar con posterioridad a esa comunicación, siempre y cuando resten, al menos, cinco días para la confección de la nómina.

También se podrá comunicar al pagador en cualquier momento el interés por la aplicación de tipos de retención superiores a los obligados, siempre con al menos cinco días de antelación a la confección de las correspondientes nóminas.

El calculo de la retención del IRPF que nos deben aplicar

El modelo 145 servirá de base para el calculo de la retención que nos será de aplicación, para ello es importante contar con un buen software de gestión laboral que determine con precisión la retención inicial y recalcule esta en función de las modificaciones que comuniquen los trabajadores a lo largo del ejercicio.

El correcto calculo de las retenciones es fundamental, ya que si no se realiza con precisión puede acarrear sanciones si retenemos de menos, o que estemos mermando la nomina de los trabajadores si retenemos de más, aunque si bien en el caso de pagar de más, se podrá recuperar parte de estas cantidades con la cumplimentación de la declaración de la renta si sale a devolver.