Asesorías y Despachos Profesionales

Empieza a trabajar ya en la declaración de la Renta de tus clientes

En este artículo de Sage Advice explicamos con todo lujo de detalle cómo preparar la declaración de la Renta de 2024 desde ya.

Sage

Descubre en este artículo cuáles son las ventajas de comenzar ya con la declaración de la Renta de tus clientes.

  • El cierre del año natural va acompañado del cierre del período impositivo del IRPF.
  • Si bien los últimos días del año son muy importantes para la relación entre asesores fiscales y clientes, no lo es menos empezar con fuerza el nuevo año.

Preparar la declaración de la Renta de los clientes de una asesoría es, en cierto modo, como el entrenamiento de un deportista de cara a la competición. Todo el año hay que trabajar duro para llegar a cada cita en buena forma.

¡COMPARTE! La declaración de la Renta de tus clientes está a la vuelta de la esquina. ¡Toma nota de cómo anticipar las tendencias y el trabajo!

Aunque la confección de la declaración puede ser rápida y sencilla, el resultado es fruto del trabajo de un año. De hecho, en ella se plasma la obtención de rentas y un conjunto de circunstancias personales del ejercicio.

1. El ciclo de preparación de la declaración de la Renta

Una correcta preparación de la declaración de la Renta comienza con una buena planificación fiscal. No debes dejar todo a los ajustes de última hora que controlen la cuantía de la cuota del año siguiente.

Por el contrario, tiene que haber una buena coordinación entre asesores y clientes a lo largo del ciclo completo. Casi cualquier decisión tiene implicaciones fiscales y, además, condiciona las que se tomen en el futuro.

En ese sentido, es importante contar con una visión integral que aúne:

  • Todos los impuestos. De poco sirve pagar menos en el IRPF si tomas decisiones que incrementen la factura fiscal en otros tributos.
  • Un horizonte temporal de largo plazo. Hay que integrar los aspectos financieros en las decisiones fiscales. Muchas opciones implican adelantar o retrasar el pago de tributos y tienen, además, otras ventajas o inconvenientes que hay que tener en cuenta. En cualquier caso, deben valorarse los flujos de caja en un mismo momento del tiempo.
  • Las repercusiones de la estrategia empresarial. Cada decisión puede abrir, cerrar, facilitar o dificultar otras que se tomen en lo sucesivo. De poco sirve ahorrarse un dinero en la declaración de la Renta si, por ejemplo, con ello, condicionas de forma negativa en algún aspecto de inversión en el negocio.

La declaración de la Renta no puede valorarse de forma aislada, sino en un horizonte temporal completo, que incluya todos los impuestos y decisiones.

Por tanto, es importante que asesor y cliente compartan esa visión integral desde el principio. Debe quedar claro qué necesita cada parte para que la relación fluya correctamente:

  • Qué busca el cliente.
  • Qué puede aportar el asesor.
  • Cómo se van a organizar los flujos de información y documentación entre ambas partes.

2. Los datos claves para iniciar el año

Una buena planificación se sustenta sobre los datos. El cierre contable y fiscal es una ocasión para analizar la evolución del negocio y sus repercusiones fiscales. En particular, os fijaréis en aspectos como:

  • La evolución de los rendimientos (trabajo, capital mobiliario e inmobiliario, actividades económicas) durante el ejercicio. Aquí os detendréis no solo en los ingresos, sino también en gastos necesarios como cotizaciones sociales, gastos deducibles de los autónomos, gastos de inmuebles, comisiones…
  • Las perspectivas de evolución de cada uno de los factores que influyen en los rendimientos. Por ejemplo, intentaréis anticipar el contexto económico e, incluso, los cambios normativos más probables.
  • La composición del patrimonio del cliente y su valoración, tanto presente como su evolución previsible. Analizaréis en qué medida pueden ser necesarias o convenientes alteraciones patrimoniales que puedan conducir a ganancias o pérdidas patrimoniales.

3. Decisiones fiscales de final del ejercicio

Cuando llegue el final del ejercicio, puede que toméis decisiones para ajustar el resultado de la declaración del año siguiente como, por ejemplo:

  • Aportaciones a sistemas de previsión social.
  • Aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad.
  • Suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva creación.
  • Inversiones de beneficios de contribuyentes que cumplan los requisitos de reducida dimensión.
  • Inversiones en Canarias.
  • Inversión en elementos nuevos del inmovilizado, material o inversiones inmobiliarias afectas a actividades económicas.
  • Realización de donativos.
  • Actuaciones para la protección y difusión del patrimonio histórico español y de las ciudades, conjuntos y bienes declarados patrimonio mundial.
  • Anticipar la realización de determinados gastos deducibles para la determinación del rendimiento de la actividad económica.
  • Alteraciones en el patrimonio como, por ejemplo, la venta de algún bien del contribuyente.

En el IRPF existen muchas opciones para desgravar, pero el asesor debe ayudar a sus clientes a encontrar la más apropiada para su caso.

4. El trabajo con las declaraciones ya presentadas

Siempre conviene valorar circunstancias que pueden motivar la presentación de autoliquidaciones complementarias o solicitudes de rectificación. Entre los factores que pueden motivar cambios en declaraciones de ejercicios anteriores encontramos, entre otros:

  • Publicación de  jurisprudencia o consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos sobre casos semejantes al nuestro, que indiquen que sería prudente declarar de otra manera.
  • Con las labores de cierre, puede que hayamos advertido algún error.
  • Ha sucedido algún hecho posterior a la declaración.
  • Ante la existencia de dudas, puede ser muy interesante formar parte de una gran comunidad de asesorías, autónomos y empresas.

5. El papel de las soluciones de gestión

La Ley 11/2021 ha dado remarcado todavía más, si cabe, la importancia de las soluciones específicas para la gestión contable, financiera, laboral y fiscal para asesorías y despachos. A lo largo de todo él, el software debe garantizar que se cumplen las condiciones de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

En términos prácticos, eso supone, entre otros aspectos, una prohibición del software de doble uso. No pueden llevarse contabilidades paralelas ni hacer ajustes irregulares de última hora que falseen la realidad. Por eso, hay que contar con soluciones certificadas y una fluida comunicación entre clientes y asesores que facilite el cumplimiento normativo. Y el mejor consejo es la anticipación. 

6. Los hitos del calendario del software

Las facturas marcan gran parte de la declaración de la Renta de las personas físicas que desarrollan actividades económicas. Por ello, es importante tener en cuenta el calendario de novedades:

  • El 10 de julio de 2021 se publicó una ley Antifraude. En ella, aparecían unas reglas del software antifraude. Junto a ello, se fijaban determinadas sanciones.
  • Algunas de las prácticas, de hecho, ya son sancionables. Un ejemplo sería el uso de un software que permita llevar una doble contabilidad.
  • Otros aspectos, como el empleo de un software de facturación certificado, estaban pendientes de desarrollo reglamentario, que ya ha sido publicado en el BOE el día 6 de diciembre de 2023.
  • En el coloquialmente conocido como reglamento Verifactu, se ha fijado la fecha del 1 de julio de 2025 para que todos los usuarios utilicen software de facturación certificado. 
  • No obstante, también se recoge la posibilidad de que, voluntariamente, se remitan las facturas a la AEAT. Eso exigirá una orden ministerial de desarrollo. Tras ella, en el plazo máximo de 9 meses, el sistema Verifactu deberá estar en marcha. Si eliges no remitir automáticamente a Hacienda las facturas, deberás emplear un software con más requisitos.
  • De forma paralela, la llamada ley Crea y Crece ha establecido la obligatoriedad de la factura electrónica en relaciones B2B. La fecha la marcará la publicación de un reglamento de desarrollo. Tras él, las grandes empresas tendrán un año para facturar electrónicamente las operaciones B2B. Los que facturen menos de 8 millones de euros anuales dispondrán de dos años.
  • El proyecto de reglamento de facturación electrónica prevé unos plazos de entre 36 y 48 meses para que se informe de los estados de la factura electrónica. Esto incluye, entre otros aspectos, la aprobación y el pago.

7. Cómo cambiará la declaración de la renta de tus clientes

Con parte del calendario en la mano (es probable que haya nuevos hitos más ambiciosos), queda una cosa clara: la tendencia es de mayor control tributario. Hacienda va a tener cada vez más información, más temprano.

Los ajustes burdos de última hora pasarán a la historia. El cliente no puede actuar con falta de asesoramiento esperando que su asesor haga ‘algo’ que matice su declaración. Esa orientación nunca ha sido buena, siempre ha sido peligrosa, pero se va a convertir en poco menos que imposible.

Para las asesorías y despachos profesionales, las claves más importantes pasan por dos puntos:

  • Ofrecer un servicio más inclinado hacia la planificación y el asesoramiento previo y menos a la verificación posterior de que todo se ha hecho bien. Eso no quita para que también haya que destinar un tiempo a vigilar lo no prescrito.
  • Contar con herramientas adecuadas. Una solución como Sage Despachos Connected garantiza cumplimiento normativo al mismo tiempo que ofrece usabilidad, innovación y conectividad para asesores y clientes.

Vemos, por tanto, que las labores fiscales, más que tener unas fechas de inicio y fin, implican un esfuerzo continuo con el cliente. Conviene, por tanto, empezar pronto con la declaración de la Renta.

Nota del editor: Este artículo fue publicado con anterioridad y actualizado a 2024 por su relevancia.